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El Constitucional acusa al Supremo de invadir sus competencias

Al condenar a 11 magistrados del TC por negligencia

El Tribunal Constitucional acuerda declarar que sus resoluciones en los recursos de amparo no pueden ser enjuiciadas por ningún órgano del poder judicial dado que "sólo a este Tribunal corresponde, conforme a la Constitución y a su Ley Orgánica, resolver tales recursos".

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Asimismo, acuerda "declarar que el enjuiciamiento de las resoluciones recaídas en recursos de amparo, realizado por vía de la acción de responsabilidad civil, constituye una invasión de la jurisdicción, exclusiva y excluyente, atribuida a este Tribunal Constitucional por la Constitución".

El alto tribunal indica que el Supremo, en la sentencia que condenó a 11 de sus magistrados, censuró la corrección jurídica de la decisión del propio Constitucional de no admitir el recurso de amparo de un abogado, al considerar que suponía en realidad una ausencia de respuesta al demandante, y, de otro lado (lo que el TC entiende que es una "evidente contradicción"), calificando la respuesta como "falta de lógica y de motivación suficiente".

REBELDE Y EMPECINADA

El abogado José Luis Mazón, quien promovió el proceso por el que la Sala Civil del Tribunal Supremo condenó a once magistrados del Constitucional por negligencia, considera que el acuerdo del Pleno del TC es "una declaración de rebeldía" y supone "una actitud empecinada" por parte de los condenados.

Mazón declaró a Europa Press que el acuerdo del Pleno del Constitucional "es un mal ejemplo" y "una declaración de rebeldía", ya que la Carta Magna reconoce como tribunal superior "en materia de legalidad ordinaria al Supremo" y no al T.C.

 
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