Sociedad

El Supremo legaliza la prórroga de Ence basándose en informes ambientales favorables de la Xunta y que su concesión es anterior a la Ley de Costas

El Concello de Pontevedra se ampara en el voto particular de una magistrada para anunciar el recurso contra la sentencia del Supremo

El alcalde de Pontevedra ha dado órdenes a los servicios jurídicos del Concello para que “recurran por todas las vías posibles” la sentencia del Supremo que legaliza la continuidad de ENCE en la ria de Pontevedra hasta el año 2073.

El fallo del Tribunal Supremo declara “sin valor ni efecto alguno” la sentencia dictada por la Audiencia Nacional en 2021 (en la que la Audiencia declaró la nulidad de la citada prórroga de la concesión de Ence Pontevedra). La sentencia, de 84 folios, llegó esta mañana al ayuntamiento; y tras un primer análisis jurídico, el gobierno local considera que es “viable” el recurso amparándose en el voto particular de la única magistrada que se desmarcó de la sentencia.

El alcalde Fernández Lores entiende que ese voto particular defiende la práctica totalidad de los argumentos presentados por el ayuntamiento de Pontevedra y que por lo tanto cabe algún tipo de recurso que se estudiará en los próximos días, bien ante el Supremo, ante el Constitucional o ante el Tribunal Europeo.

Recordemos que la Sentencia del Supremo anuló la emitida en su día por la Audiencia Nacional que había anulado la prorroga concedida a ENCE por el gobierno de Mariano Rajoy. El Supremo sostiene que la concesión que tiene en Ence es anterior al año 1988, fecha de la aprobación de la Ley de Costas, y que por ello tiene derecho a una prórroga de hasta 75 años", al contar con un informe ambiental favorable”, en este caso procedente de la Xunta.

Pero además el Supremo decide que NO es necesario devolver el caso a la Audiencia Nacional para que se analicen los otros argumentos esgrimidos por el concello y Greempeace y que no fueron abordados en la sentencia.

Sin embargo, una de las 5 magistradas de la sala del Supremo, Ángeles Huet, se desmarcó de esta sentencia, emitiendo un voto particular. La magistrada cuestiona la prórroga a ENCE amparándose en los plazos que marca la legislación nacional, pero señala además el expediente sancionador de la UE al Gobierno español por conceder prórrogas irregulares a determinadas empresas asentadas en el litoral. El alcalde de Pontevedra se agarra a esta tesis para anunciar el recurso del concello. Fernandez Lores asegura que iría contra toda norma permitir que una empresa se asiente en terreno público marítimo durante 105 años, superando los plazos máximos que fija la Ley de Costas y la de Patrimonio.

Fernández Lores reiteró que esta sentencia es “un fracaso del Estado de Derecho” y significa “cargarse la Ley de Costas”. Pero el alcalde de Pontevedra fue más allá al hablar abiertamente de que el Supremo legalizó con esta sentencia “un pelotazo y un derecho de pernada, cuyas circunstancias se conocerán dentro de unos años, como ocurre con los casos desclasificados”.

Ence resalta que la sentencia legaliza su continuidad en Pontevedra y anuncia la recuperación del Plan Social

Por su parte, la empresa Ence ha manifestado a través de un comunicado que la sentencia del Tribunal Supremo avala la legalidad de la prórroga de concesión para la fábrica de Pontevedra, y que “sienta jurisprudencia”, ajustándose “al ordenamiento jurídico”.

Ence matiza que “el proceso judicial por el que se ha validado la prórroga de la concesión de la biofábrica de Pontevedra dirime una cuestión de naturaleza jurídico administrativo, en ningún caso medioambiental, en contra de lo que los demandantes han intentado transmitir fuera el proceso judicial, a través de los medios de comunicación”.

La empresa aprovecha para señalar que la fábrica “cumple holgadamente con toda la normativa vigente y cuenta con reconocimientos medioambientales como la Distinción Oro de la Comisión Europea por su comportamiento ambiental, la ecoetiqueta Nordic Swan y el certificado “Residuo Cero” de Aenor, entre otros. Asimismo, es la compañía líder en sostenibilidad del sector de la celulosa a nivel mundial según la última calificación de Sustainalytics”.

La propia sentencia del Tribunal Supremo alude expresamente al cumplimiento de las exigencias medioambientales por parte de la compañía, y en concreto señala que “no solo quedan cubiertas por el informe autonómico exigido” sino, también, por “el otorgamiento de la autorización ambiental integrada y su revisión”, según dispone la Ley 16/2002. Asimismo, hace referencia a las inversiones de carácter medioambiental, por importe de 135 millones de euros, ejecutadas en su día por Ence.

Ence señala que esta sentencia despeja la incertidumbre sobre el futuro de esta factoría y de las 5.100 familias vinculadas a su actividad, y que aporta a la compañía la seguridad necesaria para acometer sus planes de futuro en esta biofábrica y en el resto del grupo.

Finalmente, ENCE anuncia que retomará “de forma proactiva, un diálogo abierto con la sociedad” de la comarca y que va “a reactivar inmediatamente el Plan Social Pontevedra”, que la propia empresa había suspendido a raíz de este proceso judicial.

 
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