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El Constitucional rechaza la recusación de Otegi contra uno de los jueces

El tribunal de garantías rechaza apartar al recién incorporado Antonio Narváez de las deliberaciones sobre el recurso de Otegi contra la sentencia del caso Bateragune

El dirigente abertzale Arnaldo Otegi en una foto de archivo en Pamplona, después de las elecciones europeas de 2009(EFE/Villar López)

El dirigente abertzale Arnaldo Otegi en una foto de archivo en Pamplona, después de las elecciones europeas de 2009

El Tribunal Constitucional ha rechazado la recusación que Arnaldo Otegi había presentado contra el juez Antonio Narváez, para que fuera apartado de las deliberaciones sobre su recurso del 'caso Bateragune'. Otegi recusó a Narváez, recién incorporado al Constitucional, ya que durante su etapa como fiscal en el Tribunal Supremo participó en diversos recursos encaminados a la ilegalización de organizaciones vinculadas con la izquierda abertzale.

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El juez Antonio Narváez podrá participar en las deliberaciones sobre la condena de Arnaldo Otegi por el 'caso Bateragune'. El Tribunal Constitucional ha decidido rechazar la recusación que el dirigente de la izquierda abertzale, encarcelado por esta causa, presentó contra el recién incorporado Narváez, por entender que durante su etapa como fiscal en el Tribunal Supremo impulsó varios recursos para ilegalizar diversas organizaciones y grupos que consideró vinculados a Batasuna, en particular sobre Portu.

El pleno del Tribunal Constitucional sobre este asunto había sido paralizado hasta que se resolviera sobre esta recusación, después de haber sido aplazado precisamente para que Narváez tuviera tiempo de incorporarse.

Por unanimidad, los jueces entienden que existe "una patente desconexión" entre el 'caso Bateragune' y el recurso que promovió contra Portu: "la creación del partido político Sortu y por tanto la relación que con el mismo hubiesen podido tener hipotéticamente los recusantes no fue tomada en consideración, sino expresamente excluida en el enjuiciamiento penal de los hechos de los que trae causa el presente proceso de amparo". Y recuerdan que la sentencia del Supremo que le impuso 6 años de cárcel por este 'caso Bateragune' ya "ponía de manifiesto" esta desconexión entre los dos asuntos.

Añaden los jueces que realizó estas afirmaciones en calidad de Fiscal, y señalan que el hecho de "haberse examinado determinados documentos producidos por la izquierda abertzale o la organización terrorista ETA no puede implicar ninguna toma de posición respecto de cada caso concreto, pues dicha documentación se integra en un proceso histórico, notoriamente conocido y no discutido en cuanto a su objetividad que se aporta y examina en todos los procesos de ilegalización sobre partidos a los que se imputa relación con el terrorismo".

Otegi fue condenado inicialmente a 10 años de cárcel por este 'caso Bateragune' acusado de intentar reconstruir la ilegalizada Herri Batasuna a través de este nuevo grupo, Bateragune. Fue el Tribunal Supremo quien posteriormente le rebajó la condena a seis años de prisión.

 
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