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La Comunidad de Madrid es condenada por ocupar ilegalmente una oficina

El Supremo obliga a la Comunidad a pagar 153.456 euros a la empresa por no abandonar la oficina cuando se había terminado el contrato de alquiler

El Tribunal Supremo ha condenado a la Comunidad de Madrid a pagar 153.456 euros por haber seguido ocupando unas oficinas incluso cuando la empresa propietaria del inmueble se las dejó de alquilar. Los jueces del Tribunal Supremo entienden que la empresa que alquilaba esta oficina y cuatro plazas de garaje en Conde de Peñalver dejó de ganar dinero al no poder alquilarlas a otras personas y por no poder aprovechar la revalorización de la renta pactada.

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El Tribunal Supremo ha condenado a la Comunidad de Madrid a pagar más de 150.000 euros por haber estado ocupando una oficina y cuatro plazas de garaje de manera ilegal. Según la sentencia, la Comunidad se negó a abandonar estos inmuebles incluso cuando expiró el contrato de alquiler que habían firmado con la empresa propietaria de la oficina. El contrato terminaba en diciembre de 2004, y la Comunidad de Madrid no abandonó este inmueble hasta julio de 2008, unos meses después de ser desahuciada por la Audiencia Provincial de Madrid. Durante este tiempo la Comunidad estuvo pagando las cuotas de alquiler pactadas hasta ese momento.

La oficina alquilada, así como las cuatro plazas de garaje a las que se hace referencia en la sentencia del Tribunal Supremo, se encuentran en la calle Conde de Peñalver, en las proximidades de la parada de metro de Lista.

Los jueces del Tribunal Supremo, corrigiendo a la Audiencia Provincial de Madrid, estiman que la Comunidad debe indemnizar a la empresa arrendadora con 153.456,95 euros, considerando esta cantidad como "una compensación razonable por la falta de revalorización de la renta sufrida por la demandante". Entiende el alto tribunal que la empresa propietaria del inmueble, mientras la Comunidad estuvo ocupando estos locales después de que se extinguiera el contrato de alquiler, sufrió un "lucro cesante", referido al dinero que dejó de ganar por la revalorización de la renta pactada, teniendo en cuenta que no hablamos de expectativas sino de "ganancias cuya fuente y realidad ya existían con anterioridad".

 
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