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El Tribunal Supremo ordena que las televisiones cierren nueve canales de TDT

La decisión afecta a 3 cadenas de Atresmedia, a 2 de Mediaset, a 2 de Veo y a 2 de Net, aunque las privadas esperan conservar todos sus canales

Torrespaña, conocida popularmente como 'el Pirulí'(CADENA SER)

El Tribunal Supremo ha decidido ejecutar la anulación del reparto de canales de TDT, decidida por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero en 2010, y ha rechazado el recurso pidiendo que no se pusiera en práctica esta anulación que presentaron las cadenas de televisión privadas.

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El Tribunal Supremo ha ordenado el cese de emisiones de nueve canales de TDT (tres de Atresmedia, dos de Mediaset, dos de Veo TV y dos de Net TV). Así lo especifica en el auto de ejecución en el que estima el recurso presentado por Infraestructuras y Gestión 2.002 contra la decisión del Consejo de Ministros que permitió seguir emitiendo estos canales hasta que culminase el proceso de liberación del dividendo digital.

En diciembre de 2011 el Tribunal Supremo anuló el acuerdo del Consejo de Ministros de 2010 que asignaba un múltiple digital de cobertura estatal a cada una de las sociedades concesionarias del servicio de TDT nacional (Antena 3, Gestevisión Telecinco, Sogecable, Veo Televisión, NET TV y La Sexta). Aquella sentencia generó un acuerdo del Consejo de Ministros ejecutándola que fue recurrido ante el Supremo y sobre el que este tribunal ha fallado este miércoles.

Así, el Supremo ha desestimado el recurso de las cadenas privadas de televisión agrupadas en la Unión de Televisiones Comerciales en Abierto (Uteca), pidiendo que se suspendiera la decisión del Gobierno ejecutando la sentencia. En su orden, el Gobierno ordenó que "dejen de emitir los canales afectados"; pero añadió que "transitoriamente podrán seguir emitiendo los canales afectados hasta que culmine el proceso de liberación del dividendo digital".

Por su parte, la empresa Infraestructuras y Gestión 2002 (la que originalmente recurrió ante el Supremo el reparto de las TDT) pidió que se anulara la segunda parte de la orden del ejecutivo, lo que sí ha aceptado el Supremo.

 
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