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El Tribunal Supremo anula el reparto de canales de la TDT del Gobierno de Zapatero

Entiende que las licencias se deberían haber adjudicado por concurso público

Torrespaña, conocida popularmente como 'el Pirulí'(CADENA SER)

Torrespaña, conocida popularmente como 'el Pirulí'

El Tribunal Supremo ha estimado parcialmente el recurso presentado por la empresa Infraestructuras y Gestión 2002, declarando nulo el acuerdo del 16 de julio de 2010 del Consejo de Ministros por el que se entregó un múltiple completo -cuatro canales convencionales- a Antena 3, Telecinco, Sogecable, Veo7, Net Televisión y La Sexta por no ser conforme a derecho, aunque la sentencia no afecta a los actuales operadores.

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Según la sentencia del Supremo, el Gobierno no respetó la Ley General de la Comunicación Audiovisual, que entró en vigor en mayo de ese mismo año, por lo que los operadores no tienen derecho a recibir directamente la adjudicación de canales adicionales que sólo podrían otorgarse mediante concurso público.

En este sentido, el tribunal señala que "no es posible admitir" que tras la entrada en vigor de la Ley Audiovisual, que preveía el trámite de concurso público para adjudicar nuevos canales, "prosiga el Gobierno desarrollando previsiones reglamentarias que se corresponden a una regulación anterior, al margen de las exigencias contenidas en dicha Ley y en contradicción material con ellas".

No afecta a los actuales operadores

No obstante, el tribunal continúa señalando que "no es posible determinar con certeza" que la asignación de los nuevos canales "queden ineludiblemente afectados" por la nulidad del acuerdo del Consejo de Ministros, por lo que la sentencia no afectará a los actuales operadores. Igualmente, el tribunal ha desestimado la pretensión de la recurrente de declarar que Antena 3, Telecinco, Sogecable, Veo7, Net Televisión y La Sexta sólo tenían derecho a emitir un canal en la TDT

Sin embargo, la sentencia del Supremo deja la puerta libre a que el proceso por el que se asignó los nuevos canales de la TDT, pueda ser impugnado por sí mismo, y que en dichos procedimientos se delimite, en su caso, su dependencia del acuerdo ahora anulado y la legalidad o ilegalidad de dichas actuaciones administrativas.

La campaña emprendida en los tribunales por la empresa Infraestructuras y Gestión 2002, que ya ha intentado en diferentes comunidades autónomas tener acceso a alguna licencia para poder emitir canales en abierto, se remonta en el tiempo hasta 2005 y acumula ya algunas sentencias a favor y en contra de la manera en que se ha repartido las licencias de la TDT en los últimos años.

 
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