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Cuatro años de cárcel para el dueño de un bar que superaba los límites de ruido

No insonorizó el local, tal y como le ordenó el Ayuntamiento, y generó "trastornos psicológicos" a varios vecinos

El Supremo ha confirmado una pena de cuatro años y siete meses de cárcel para el dueño de un local en la provincia de Huesca, que no insonorizó el bar a pesar de las denuncias y órdenes del Ayuntamiento. Estuvo más de cinco años sobrepasando los límites legales de ruido y generó varios trastornos psicológicos en la pareja que vivía en la casa de al lado, a los que tendrá que indemnizar con más de 16.000 euros.

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El Tribunal Supremo ha confirmado cuatro años y siete meses de cárcel para el dueño de un bar de la provincia de Huesca por no insonorizar el local. El ruido del bar estuvo atormentando durante cinco años al matrimonio de la casa de al lado. El bar, gestionado por la empresa Central Brunito, abrió sus puertas en febrero de 2002, en la localidad oscense de Fraga, donde ofrecía entre otros espectáculos conciertos de música en vivo. No tardaron en llegarle las primeras denuncias por exceso de ruido por parte de los vecinos del inmueble de al lado, y el Ayuntamiento le ordenó que insonorizara el recinto o que directamente dejara de ofrecer música en directo.

El dueño del local hizo caso omiso de estas órdenes durante cinco años y no insonorizó el local. Tanto la Policía como el Ayuntamiento midieron el nivel de ruido que el bar generaba en la casa de al lado. En todas las ocasiones, el nivel de decibelios superaba holgadamente el máximo legal.

Es ahora la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo quien confirma la sentencia de la Audiencia Provincial de Huesca y condena al dueño a cuatro años y siete meses de cárcel por un delito contra el medio ambiente y otros dos delitos de lesiones imprudentes. Los dos vecinos, a los que tendrá que indemnizar con una cantidad conjunta superior a 16.000 euros, sufrieron un trastorno psicológico por la exposición a contaminación auditiva por durante los fines de semana de cinco años. Entre los síntomas, los dos vecinos sufrieron fatiga crónica, insomnio por estrés y ansiedad, precisando tratamiento farmacológico con ansiolíticos y tranquilizantes.

En el recurso presentado por la defensa y que el Supremo echaza, el acusado llegó a alegar que "no había desobedecido las órdenes de insonorizar el local recibidas desde el Ayuntamiento, solamente las había interpretado". Una interpretación que el Supremo no da por válida y que le lleva a confirmar su condena.

 
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