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El gobierno facilita el despido por ERE

Según un decreto aprobado por el ejecutivo, unas pérdidas previstas "de carácter transitorio" serán justificación suficiente para el despido

Alfredo Pérez Rubalcaba y Valeriano Gómez, tras el Consejo de Ministros(EFE / Juan Carlos Hidalgo)

Alfredo Pérez Rubalcaba y Valeriano Gómez, tras el Consejo de Ministros

El gobierno da una vuelta de tuerca a la reforma laboral, que ponía el despido más fácil para los empresarios, y lo hace mediante el decreto con el que se regulan los Expedientes de Regulación de Empleo (EREs). El ejecutivo tenía que precisar en qué condiciones podían despedir los empresarios que tuviesen no ya pérdidas, sino "pérdidas previstas". En el redactado final, el ejecutivo explica que la compañía tendrá que acreditar "el volumen y el carácter permanente o transitorio" de esas pérdidas para justificar su decisión extintiva.

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Con este redactado, el ejecutivo pone más fácil a los empresarios el despido. Y es que el borrador original del decreto contemplaba una fórmula más exigente para permitir que con una "previsión de pérdidas" el empresario pudiese librarse de parte de su plantilla. El texto inicial, de 12 de enero, requería que se acreditase "que las pérdidas previstas no tengan un carácter meramente coyuntural".

La explicación que ha ofrecido el ministro de Trabajo en la rueda de prensa del Consejo de Ministros ha sido minimizar la importancia del cambio de postura del ejecutivo: "No es un cambio trascendental en la forma de enfocar la materia", ha dicho Valeriano Gómez.

"Lo importante es tratar de utilizar adecuadamente los medios que la ley pone a disposición de las empresas: si estamos en presencia de una pérdida transitoria, a lo mejor la medida más razonable no es el despido; pero también puede serlo, por qué no, si efectivamente es de la suficiente intensidad", añadía.

En todo caso, Valeriano Gómez apuntaba que al gobierno le parece mejor que no se recurra al despido: "La idea general del gobierno es tratar de utilizar lo menos posible la decisión de despedir y que cuando las pérdidas sean transitorias utilizar los ajustes de jornada, las reducciones, jornadas a tiempo parcial...".

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