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Batasar Garzón: "La actividad de Batasuna está unida a la escalada terrorista"

El juez decreta prisión provisional para Joseba Álvarez y Oihana Agirre, acusados de un delito de pertenencia a la organización terrorista ETA

El juez de la Audiencia Nacional, Baltasar Garzón, ha afirmado que, tras "la escalada exponencial de acciones terroristas" llevadas a cabo por ETA desde el final de la tregua, no puede interpretarse la actividad de la ilegalizada Batasuna "de forma aislada", sino como "coadyuvante" de la organización terrorista. Garzón ha ordenado el ingreso en prisión del dirigente de Batasuna Joseba Álvarez y la portavoz de Askatasuna Ohiana Agirre bajo la acusación de integración en organización terrorista.

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En el caso de Álvarez, el delito supondría una reiteración del ya cometido por su pertenencia a la formación ilegalizada, mientras que a Agirre le acusa de integración por primera vez por haber participado en ruedas de prensa en nombre de Askatasuna, organización ilegalizada por su conexión con la banda.

Los dos acusados, que ingresarán en la cárcel de Soto del Real, llegaron a la Audiencia Nacional pasadas las 10:30 horas. Joseba Álvarez permaneció 50 minutos declarando ante el juez Baltasar Garzón, mientras que Agirre estuvo sólo un cuarto de hora en el despacho, ya que se negó a contestar a las preguntas que se le formularon.

Según el abogado del portavoz de Batasuna, Kepa Landa, su representado negó ante el juez haber estado en la manifestación convocada por Askatasuna el pasado 9 de septiembre en San Sebastián, que motivó su detención, y aseguró que hay "cientos de personas que lo atestiguan".

Acusación de la Fiscalía

La Fiscalía había solicitado su ingreso en prisión al acusar a Álvarez de convocar, instigar o dirigir la marcha, que había sido prohibida por la Consejería de Interior del Gobierno vasco y que terminó con nueve detenidos, entre ellos el responsable de Askatasuna Juan María Olano, y once personas con heridas y contusiones, cinco de ellas ertzainas. Mientras imputaba a Agirre haber participado en este acto y en otras ruedas de prensa de la organización Askatasuna, que presta apoyo a los presos de ETA.

El letrado, que calificó de "instrumental" la acusación del fiscal, afirmó también que durante la declaración de Álvarez no se ha aportado la documentación intervenida en el registro de su vivienda ni se le han formulado preguntas sobre ella.

Por su parte, la abogada de Oihana Agirre, Ainhoa Baglietto, sostuvo la falta de competencia de Garzón para investigar a su representada y afirmó que ésta puede actuar como portavoz de Askatasuna porque la resolución judicial que suspendió las actividades de esta organización dejó de estar en vigor el pasado mes de febrero. Baglietto dijo que la detención de su patrocinada es propia de "la época del franquismo o como si estuviéramos en Birmania".

Fragmentos de los autos

En el auto de Joseba Álvarez se detalla:

(...) "En el domicilio de Joseba Álvarez Forcada se encontrado un documento que acreditaría su labor como miembro actual de la Mesa Nacional de BATASUNA, y, por ende, desarrollando la misma actividad por la que fue procesado en febrero de 2005. Esa responsabilidad se ubicaría en la sección de relaciones internacionales. Así se constata con la intervención de un guión con anotaciones manuscritas para la rueda de prensa de 25/09/07 en San Sebastián, junto con el también miembro de aquella organización ilegal y suspendida en sus actividades como parte integrante del complejo terrorista liderado por ETA". (...)

En el auto de Oihana Agirre se detalla:

(...) "ha venido reiterando la actuación pública como representante de ASKATASUNA, directamente o bajo el manto del denominado Movimiento Pro Amnistía, habiendo llegado con la última acción a escenificar un auténtico desafío a las instituciones incitando a la comisión de delitos terroristas. No otra calificación pueden tener para ella los hechos acontecidos el día 9 de septiembre, en San Sebastián, puesto que ha participado en el urdimiento de los mismos, dentro de la estrategia de la organización terrorista a la que presuntamente pertenece. La convicción que tiene el instructor de que volvería a actuar en forma similar impone la medida que se adopta". (...)

 
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