Los padres podrán elegir el tipo de educación religiosa para sus hijos
La normativa incluye reformas en el terreno laboral y supedita los despidos de los profesores al Estatuto de los Trabajadores
El Real Decreto sobre la enseñanza de religión católica ya está finalizado. En ese texto legal se hace hincapié en el respeto escrupuloso a la libertad de los padres para elegir que hacer sus hijos. En primaria, todos alumnos que no deseen religión tendrán una atención educativa específica que fijará cada centro escolar.
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En secundaria, se abre un poco más el abanico de opciones para los padres. Para aquellos estudiantes que elijan religión habrá dos posibilidades: religión católica, o de cualquier otra confesión que haya firmado acuerdos con el estado; historia y cultura de las religiones, la opción laica para los que quieren conocer el hecho religioso; y, por último, la atención educativa especifica para los que no quieren ni una cosa ni la otra.
Además, el Real Decreto también incorpora una novedad en el terreno laboral para los profesores de esta materia: el obispos de turno podrá retirarles la confianza para que impartan esa materia, pero siempre deberá ajustarse al Estatuto de los Trabajadores: No podrán despedir a un docente de religión por vivir en pareja sin estar casado o por participar en huelgas legales.
Los obispos responden
La Conferencia Episcopal, por su parte, ha asegurado en una nota que "permanecen dificultades fundamentales" en la "tutela de los derechos" de los padres, los profesores y de la Iglesia, que "no han podido ser superadas", en la regulación de la enseñanza de Religión y del profesorado que imparte esta asignatura.
Los obispos reconocen y agradecen el "esfuerzo" para que el desarrollo de la Ley Orgánica de Educación (LOE), rechazada en su día por la CEE, se ajustara lo más posible a los derechos y obligaciones de todas las partes implicadas, y anuncian una "valoración detallada" cuando el Gobierno apruebe los textos legales para ser estudiados "con precisión" por el Comité Ejecutivo.
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