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Un juez impide la emisión del anuncio a favor de las selecciones catalanas por "discriminatorio"

Barcelona

El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 9 de Barcelona ha ordenado la suspensión inmediata de la emisión por televisión del anuncio a favor de la selección catalana en el que un niño con la camiseta de la selección española impide jugar un partido de fútbol a otro con la elástica de la catalana. El spot de la Plataforma pro Selecciones Deportivas Catalanas podría fomentar comportamientos "discriminatorios" entre los menores, provocando así "daños y perjuicios" de "difícil restauración", según el juez.

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En su auto el juzgado admite la solicitud realizada por el partido Ciutadans de Catalunya de adoptar la medida cautelar de ordenar la suspensión inmediata de la emisión del anuncio. El Consell de l,Audiovisual de Catalunya (CAC) había desestimado la demanda. No obstante, el juez no se pronuncia sobre el fondo del recurso presentado por este partido.

Tras el visionado en repetidas ocasiones del anuncio, el juez estima que "concurren razones de urgencia que aconsejan en este momento la suspensión de la emisión" del anuncio, principalmente por estar protagonizado por niños, lo que convierte a los menores en el "principal público al que va dirigido". Según el magistrado, "no se puede negar que los anuncios protagonizados por menores atraen principalmente la atención" de éstos, por lo que "es preciso ser especialmente cuidadoso y sensible en relación a los mensajes que este tipo de anuncios transmiten".

Asimismo, el juez señala que el contenido del anuncio "podría fomentar entre los niños comportamientos discriminatorios en cuanto a la participación en la práctica de un deporte por el hecho de portar un tipo u otro de camiseta cuando es sobradamente conocido, a poco que se sepa de fútbol, lo que el color de una y otra representan".

Daños y perjuicios evidentes

Por último, el juez considera que "ésa es la apreciación que, de forma más o menos inmediata, puede tener la población infantil" a través del anuncio en un medio "con tanta influencia mediática como es la televisión". Para el magistrado, "los daños y perjuicios que podrían causarse serían evidentes y de difícil restauración, dados los efectos que podrían producir en los destinatarios".

Una vez admitida la medida cautelar, el juez convoca a las partes a una comparecencia pública que se celebrará el lunes día 9 a las 13.00.

 
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