Absueltos unos supuestos 'negreros' porque las grabaciones que los incriminaban no se usaron en el juicio
Era la prueba principal y no se leyeron las transcripciones
El Supremo corrige a la Audiencia Provincial de Málaga que había condenado a estas 5 personas por formar parte de un grupo dedicado al tráfico ilegal de inmigrantes. También condenó a un guardia civil por hacer la vista gorda y dejar pasar varios coches sabiendo que se ocultaba a los inmigrantes en el maletero. Llegaban a Melilla desde Marruecos.
Esta Audiencia Provincial con sede en Melilla utilizó como principal prueba para condenar a los 6 unas conversaciones telefónicas -autorizadas judicialmente- entre varios de los acusados. Conversaciones -dice la sentencia- correctamente acordadas y controladas. Además de cintas de video y fotografías.
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Pero el Supremo dice que en el juicio no se utilizaron las cintas ni se leyeron las transcripciones y entonces no pueden utilizarse como pruebas de cargo las diligencias practicadas en el trámite de instrucción.
El Alto Tribunal subraya que todo este material pudo y debió llevarse al juicio oral pero, como no se hizo, no vale como prueba y hay que absolverlos a todos porque se vulneró su derecho a la presunción de inocencia.