Un juez prohíbe el sistema actual de cobro de las operadoras de móviles
Movistar, Vodafone y Amena la recurrirán ante la Audiencia Provincial de Madrid
Una sentencia del juzgado de lo mercantil número 4 de Madrid, que atiende una denuncia presentada por la OCU, condena a las operadoras de móviles a "abstenerse" del doble cobro de establecimiento de llamada y primer minuto completo.
También del cobro por bloques de tiempo que comprendan más del efectivamente consumido. Es decir, el redondeo. Actualmente buena parte de sus tarifas van en bloques de medio minuto.
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Por su parte, fuentes de las operadoras indicaron en que esta sentencia no es firme y será recurrida ante la Audiencia Provincial. "A falta de un análisis detenido de la sentencia, la sentencia no es firme y habrá recurso de apelación", indicaron estas fuentes, que criticaron que con esta decisión se ve afectada "la capacidad de elección de los clientes de telefonía móvil".
El director general de la OCU, José María Múgica, reconoce que la sentencia puede ser recurrible pero se muestra optimista: "Esto tendrá que llegar incluso al Supremo, en caso de que tenga posibilidad de casación, pero la sentencia tiene unos fundamentos jurídicos los suficientemente importantes como para ser optimistas en cuanto al fallo de una segunda instancia".