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Absuelven a Xavier Tamarit de delitos agresión sexual a dos niños

Según la sección octava de la Audiencia de Barcelona los hechos probados no son constitutivos de delito

La sección octava de la Audiencia de Barcelona ha absuelto a Xavier Tamarit de cuatro delitos de agresión sexual y de las faltas de amenazas a dos niños de Canet de Mar, por los que la fiscalía pedía un total de 44 años de cárcel, al entender que los hechos declarados probados no son constitutivos de delito.

Tamarit, que en la actualidad se encuentra en prisión por abusar de diez menores del barrio barcelonés del Raval, se sentó de nuevo en el banquillo de los acusados el pasado 16 de junio por la denuncia que interpuso en su contra la madre de un menor que decía haber sufrido abusos sexuales del hombre.

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Los hechos, según esta denuncia, habrían sucedido entre septiembre y octubre de 2000 en Canet de Mar, localidad en la que residía Tamarit. Los abusos se abrían producido mientras Tamarit se encontraba en libertad provisional a la espera de la celebración del juicio del "caso Raval", por el que en la actualidad cumple condena en la prisión de Quatre Camins.

El acusado, según la denuncia de la madre de A.T, de 9 años, habría agredido sexualmente, al menos en tres ocasiones, al niño, y a su amigo M.A, de 7 años, en el domicilio que tenía en la ronda doctor Fleming de Canet de Mar.

Los niños efectuaron declaraciones contradictorias

Según la sentencia dada a conocer hoy, sólo se puede probar que durante el año 2000 Tamarit entró en contacto con diversos menores que se reunían en la plaza Once de Septiembre de Canet de Mar, entre los que figuraban A.T y M.A, a los que "en repetidas ocasiones prestaba su bicicleta y que, en una ocasión, ambos menores ayudaron a subir hasta el piso en que aquel vivía".

Sin embargo, "no se ha hecho prueba bastante de que los menores hubieran acudido en otras ocasiones al domicilio del procesado ni que tampoco éste hubiere llevado a cabo sobre aquellos actos de contenido o significación sexual".

El magistrado que ha redactado el auto entiende que los niños efectuaron declaraciones "contradictorias" en el juicio respecto a lo aportado por la acusación inicialmente. Además recuerda que, en un principio, A.T atribuyó al acusado un intento de penetración anal, mientras que en el juicio declaró que en aquella ocasión había salido precipitadamente de la casa de Tamarit, quien se quedó sólo con M. A. Señala también que, durante el juicio, "vino el menor a negar que el acusado les hubiera introducido el pene en la boca o les hubiere obligado a hacerle una felación".

En la sentencia se indica que las divergencias entre el primer relato de los niños y el efectuado ante los magistrados "impiden un juicio cierto sobre la forma en que pudieron ocurrir los hechos relatados, para el caso de que hubieren sucedido los encuentros en el interior del referido domicilio".

 
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