Sociedad | Actualidad

La Justicia comunica a las partes el rechazo de la querella contra Tamayo y Sáez

Abre la puerta para una investigación posterior

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha notificado esta mañana a las partes la inadmisión a trámite de la querella presentada por el PSOE contra Eduardo Tamayo, Maite Sáez, dos constructores y el secretario general del PP de Madrid.

La querella del PSOE también incluía al ex militante José Luis Balbás, a los constructores Bravo y Vázquez y al secretario general del PP en Madrid, Romero de Tejada como presuntos integrantes de una trama inmobiliaria y política para evitar el gobierno de Rafael Simancas. Posteriormente se amplió la querella al abogado José Esteban Verdes.

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La Sala de lo Civil y Penal del Alto Tribunal madrileño ha decidido, tal y como adelantó ayer la SER, y por 3 votos a 1 no admitir a trámite la querella del PSOE por la trama de Madrid. El auto, notificado hoy, cuenta con un voto particular del único magistrado que era favorable a la admisión de la querella.

Fuentes de la investigación han destacado lo insólito del número de magistrados encargados de estudiar la admisión a trámite. Generalmente se compone de 5 ó 3, pero no un número par.

Otra de las extrañezas que ha presentado el caso es la sustitución del magistrado que inicialmente era ponente, Antonio Pedreira, —precisamente el que después suscribió un voto particular—, por José Manuel Suárez Robledano, portavoz de la conservadora Asociación Profesional de la Magistratura.

Según el auto notificado a primera hora de esta tarde, "la descripción de la presunta trama relacionada con la actuación de los parlamentarios regionales querellados no admite en este momento (...) tan siquiera la simple conceptuación de sospecha fundada, no superando la etapa o fase de conjeturas o hipótesis inválidas para componer la carga del proceso penal".

Además, los jueces destacan que el escrito de la querella no hace referencia a la existencia de premio económico, "dejándose a la imaginación del lector del escrito de querella y de su posterior ampliación, la posible existencia de la corrupción", y añaden que "ni aún se deja caer tal posibilidad".

En el apartado séptimo, el Tribunal deja en manos de Cardenal la última oportunidad de investigar la trama ya que es el fiscal general del Estado quien puede dar vía libre a la investigación que quiere emprender la Fiscalía Anticorrupción.

Según el auto, la inadmisión a trámite de la querella no impide que "en el futuro, de aparecer datos o indicios consistentes, se inicie la investigación criminal o que, de deducirse de la investigación propia que pueda efectuar la Fiscalía Anticorrupción, se abra el proceso penal en su fase inicial o de investigación criminal, no produciéndose un cierre definitivo con esta resolución".

Además, el fiscal general, Jesús Cardenal, ya sabía el viernes que la querella no iba a ser admitida a trámite. Ese día fue cuando declaró competente a la Fiscalía Anticorrupción y le arrebató el caso a la Fiscalía de Madrid pero le impidió cualquier actuación, hasta ver qué hacía el tribunal ante el que se había presentado la querella. Es decir, tomaba una decisión a la espera de un acontecimiento cuyo resultado no le era desconocido.

VOTO PARTICULAR

El magistrado Antonio Pedreira considera que existe una "sospecha razonable" que debió obligar a admitir a trámite la querella.

Así lo ha manifestado en voto particular discrepante. Para Pedreira, la querella debe ser admitida "a la vista de las llamadas telefónicas a las que se alude, de las reservas hoteleras y del entramado financiero" que se describe en el escrito del PSOE.

"La querella, cuanto menos, debe ser admitida a trámite y tomar declaración a los aforados, con el objeto de dilucidar si ha existido una motivación económica en tales hechos o, por el contrario, se trata de un hipotético y improbable cúmulo de casualidades".

En su opinión, en este caso, "no parece tratarse de meras casualidades, sino de sucesos, eventos y acontecimientos reales que se rigen por el cálculo de probabilidades, más que por su carácter casual".

Asimismo, Pedreira señala que "el urbanismo debe estar sometido a Derecho y al imperio de la ley, cualquiera que sea el grupo que detente su gestión en virtud de su designación electoral".

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