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¿Qué porcentaje hay que pagar cuándo heredas , en Bizkaia, del total heredado?

Respondemos a todas las dudas con 'RASL Abogados y asesores'. SERGIO LORENZO RUIZ APARICIO, fundador y director jurídico de RASL abogados y asesores

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Bilbao

1.¿QUE PORCENTAJE HAY QUE PAGAR CUÁNDO HEREDAS, EN BIZKAIA, DEL TOTAL HEREDADO?

El director jurídico de RASL abogados y asesores Sergio Lorenzo responde en SER Legal que primero hay que conocer el grado de parentesco que tiene la persona que recibe la herencia para determinar el porcentaje que debe aplicarse. No es lo mismo un grado 1; donde están el cónyuge o pareja de hecho, los descendientes y los ascendientes, que el grado 2 donde están los parientes colaterales de segundo grado como son los hermanos, o el grado 3 donde están los colaterales de tercer grado como pueden ser los tíos, sobrinos, bisabuelos. Y luego el Grado 4 donde están los extraños y los parientes por afinidad: primos hermanos, tíos abuelos.

Lorenzo explica que en el caso del Grado 1, entre padre e hijos hay una exención de 400.000 euros por descendiente y al resto se aplica el 1'5 %. En el Grado 2 y sucesivos hay una escala que se aplica a un tramo fijo y un porcentaje sobre el resto.

2. DIFICULTAD DEL DERECHO CIVIL VASCO: O LO AMAS O LO ODIAS

El derecho civil vasco es muy complejo, ya que establece un tratamiento diferente a lo que se conoce como "Tierra LLana", la Villa de Bilbao por ejemplo. Si hablamos del territorio foral en el que hubiera por ejemplo un caserío hay instrumentos como la "saca foral" para evitar que se venda fuera de la rama familiar. Son figuras desconocidas según Sergio Lorenzo pero que nos dan algunas ventajas.

Con la aprobación del derecho civil vasco que entró en vigor en octubre de 2015 se iguala en todo Euskadi, lo que simplifica la normativa. Hay que tener en cuenta también que a nivel foral el tribunal máximo de apelación no es el Supremo sino el Tribunal superior de Justicia del País Vasco que resuelve los recursos de casación. Lorenzo explica que últimamente se presentan demandas de paternidad en las que un hijo reclama a su padre que le reconozca creyendo que así tiene derecho a la herencia y no es así porque puede ser apartado expresamente en el propio testamento aunque sea hijo legítimo. Por ello insiste en que es necesario recurrir a un especialista.

3. LIBERTAD DE TESTAR: PARA DEBATIR.

El derecho actual tiende a dar cada vez más libertad para decidir a quien dejamos nuestro patrimonio. Así se recoge por ejemplo en el fuero de Ayala, a pesar de que está la figura de "la legítima" que obliga a dejar herencia a un hijo aunque no necesariamente a todos. La normativa vuelve a ser compleja en este caso por lo que los especialistas reclaman más claridad a los territorios forales. En este sentido Lorenzo cree que el derecho civil vasco ha sido un paso importante para clarificar la situación.

 
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