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Sociedad

ELA impugna ante el TSJPV el convenio de residencias de Gipuzkoa firmado por UGT

Los servicios jurídicos del sindicato han solicitado al Tribunal Superior de Justicia del País Vasco la medida cautelar para suspender la fórmula de adhesión recogida en el convenio porque consideran que algunos artículos son "ilegales y antisindicales"

El sindicato ELA ha anunciado en rueda de prensa que impugna el convenio de residencias de Gipuzkoa ante el TSJPV / Raul Castaño González

San Sebastián

El sindicato ELA ha recurrido el convenio de residencias de Gipuzkoa firmado en minoría por UGT y tres de las cuatro patronales del sector por considerarlo "discriminatorio y antisindical".

En una rueda de prensa ofrecida en su sede, el responsable del sector de ELA, Txomin Lasa, y el abogado de ELA Haimar Kortabarria, han explicado los detalles y las razones de esta decisión.

En opinión del sindicato, el convenio solo busca "la rendición" de las trabajadoras que han mantenido 260 días de huelga para mejorar sus condiciones. La central ha afirmado que el convenio es un "caramelo económico" que busca chantajear a las trabajadoras con los plazos de adhesión.

Los servicios jurídicos de ELA entienden que varios artículos del convenio son contrarios a la ley, porque "introducen parámetros discriminatorios y antisindicales". Para ELA, "el artículo 3, relativo al régimen de adhesión, es discriminatorio y antisindical, ya que busca favorecer los intereses de UGT y chantajear a las trabajadoras con plazos de adhesión. Hay que recordar que ya en 2011, en este mismo sector, UGT y CCOO firmaron un convenio también de eficacia limitada, con un texto de adhesión muy similar que el Tribunal Supremo declaró antisindical y, por tanto, ilegal".

El sindicato ha explicado también que "el Capítulo II (art.s 8 y 9); art.10; art. 11; art. 12; art. 13; art. 18; Capítulo VII (art.s 31 y 32); art. 34; art. 35; Capítulo XII (art.s 41, 42 y 43); y las disposiciones adicionales primera y cuarta del convenio son también ilegales, por regular condiciones de trabajo y empleo con proyección y eficacia de generalidad, y tales materias en ningún caso pueden regularse en un convenio de eficacia limitada, como por ejemplo, jornadas de trabajo, calendarios, funciones, etcétera".

En caso de que la impugnación sea estimada, se abrirá la vía para que ELA pueda demandar a los firmantes del acuerdo por "vulneración de su libertad sindical y reclamar los daños y perjuicios oportunos".

Además, el sindicato ha advertido que "la lucha de las trabajadoras para dignificar sus condiciones laborales y de vida no ha acabado", anunciando que reactivarán las movilizaciones en el sector.

Raul Castaño

Raul Castaño

Periodista en Radio San Sebastián, redactor y locutor de informativos. Desde pequeño en contacto con...

 
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