Tribunales

El Supremo dice que el despido de una empleada de hogar embarazada es nulo aunque su empleadora no lo sepa

La sala de lo social confirma la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco que dio la razón a una trabajadora que estuvo tres años sirviendo a una anciana de 91 años dependiente

"La protección objetiva del embarazo también ha de aplicarse al despido de la trabajadora al servicio del hogar familiar embarazada". / GETTY

Madrid

María empezó a trabajar para Hortensia en 2014 como empleada de hogar de lunes a viernes, quedándose a dormir en su domicilio. Hortensia, de 91 años, era completamente dependiente de los cuidados de María y de otra persona que trabajaba los fines de semana.

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En junio de 2014, la empleada de hogar estuvo de baja por un problema de muñeca debido a una caída que tuvo mientras trabajaba. En julio de ese año recibió un SMS en el que se le comunicaba su despido, seguido de otro en el que se le informaba sobre cuándo podía recoger sus cosas. Momento que aprovechó para comunicar que estaba embarazada.

El Tribunal Supremo confirma el despido nulo de la trabajadora que dictó el Tribunal de Justicia del País Vasco, aunque la empleadora no supiera nada del embarazo.

Dice la sala que "la protección objetiva del embarazo también ha de aplicarse al despido de la trabajadora al servicio del hogar familiar embarazada" y aplica la perspectiva de género porque "el embarazo es un elemento diferencial que, por razones obvias, incide de forma exclusiva sobre las mujeres que, además son a las que, de forma absolutamente mayoritaria, se les aplica la norma que regula la relación laboral especial del servicio del hogar familiar".

Pedro Jiménez

Pedro Jiménez

Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...

 
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