El Supremo condena a la Diputación de Huelva por contratos fraude del Programa de Fomento del Empleo Agrario
La sala de lo social unifica doctrina ante las sentencias contradictorias del Tribunal de Justicia de Andalucía sobre otros contratos temporales de esta administración pública
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El Tribunal Supremo. / GettyImages
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Madrid
Luis empezó a trabajar para la Diputación de Huelva en diciembre de 2002 como arquitecto dentro del Programa del Fomento del Empleo Agrario. El recurrente fue empalmando uno a uno hasta 16 contratos temporales con un sueldo de 3.700 euros mensuales durante 13 años. En julio de 2015 solicitó sin éxito a la Diputación su pase a personal laboral con contrato indefinido. Acudió a la Justicia, pero ni el juzgado, ni el Tribunal de Justicia de Andalucía le dieron la razón. Los magistrados entendían que estos contratos eran fruto de las subvenciones que se aprobaban para realización de los proyectos comprendidos dentro de este programa de empleo y que con esa subvención se hacía frente a los gastos. "No había homogeneidad, ni necesidad cíclica" para contratar y no había un tipo de contrato específico al que atenerse distinto del de obra y servicio.
Sin embargo, el Supremo corrige las decisiones de los tribunales inferiores y unifica doctrina. Dice la sala de lo social que "ha existido un fraude de ley en la contratación temporal del arquitecto recurrente" porque "los objetos genéricos de los contratos para obra y servicio no justifican la temporalidad". En definitiva, "se trata de contratos fraudulentos, por lo que la extinción de la relación laboral constituyó un despido improcedente". Ahora la administración tendrá que elegir entre readmitir al recurrente o indemnizarlo como si se tratara de un despido improcedente.
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Pedro Jiménez
Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...