La Abogacía rechaza informar sobre los avales del 'procés' para proteger la imparcialidad de la causa
La Abogacía General del Estado asegura que si se pronunciara quebraría los principios de contradicción e igualdad y podría influir en la predisposición del Tribunal
La delegada instructora pidió a la Abogacía un informe para determinar la legalidad de utilizar el ICF para los avales de 34 exaltos cargos destinados supuestamente a lainternacionalización del procés
La Abogacía General del Estado ha rechazado la petición del Tribunal de Cuentas para que se pronunciara sobre los avales presentados por la Generalitat a través del Instituto Catalán de Finanzas (ICF) destinados a cubrir las fianzas provisionales de 5,4 millones de euros impuestas a 34 exaltos cargos y funcionarios del ex Govern por su presunta implicación en la acción exterior del procés, entre 2011 y 2017.
La delegada instructora había solicitado a la Abogacía emitir un informe para evaluar la pertinencia y legalidad de utilizar los fondos públicos como aval hasta que sean eventualmente condenados y evitar así que los exaltos cargos tengan que afianzar los 5,4 millones de euros con sus bienes y patrimonio.
La Abogacía General del Estado, dependiente del Ministerio de Justicia, ha respondido al Tribunal de Cuentas que "no procede emitir informe sobre los avales del procés' ya que podría afectar a la imparcialidad del Tribunal de Cuentas y ser contrario a los principios de contradicción e igualdad.
Entiende la Abogacía que esta función consultiva no le corresponde porque "tiene la condición de parte en la fase de actuaciones previas a la que dicho informe (solicitado) se incorporaría", asegura en su respuesta al organismo fiscalizador.
Las actuaciones previas tienen la finalidad de preparar el enjuiciamiento y el Tribunal de Cuentas es de naturaleza administrativa y no jurisdiccional, deben "observarse los principios de imparcialidad y objetividad", así como de "igualdad" ante las partes que "necesariamente han de respetarse en los procedimientos y actuaciones administrativas", señala la Abogacía.
Según la Abogacía, solicitar un informe a una de las partes sobre cuestiones que afectan directamente a los intereses de las demás puede sugerir la predisposición del Tribunal a seguir los criterios de esa parte. Y también se verían afectados por el hecho de requerir el informe a una sola de las partes personadas sin audiencia de las demás, añade.
El informe remitido al Tribunal de Cuentas en respuesta a la petición de la delegada instructora indica para concluir que el fondo catalán de la Generalitat destinado al ICF para cubrir los avales se aprobó por decreto ley y esa norma "ni ha sido declarada inconstitucional ni ha sido suspendida en su eficacia".