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ERTE

Los nuevos ERTE se financiarán con un fondo que dará ayudas a empresas y trabajadores

La nueva fórmula para hacer frente a crisis imprevistas se llamará Mecanismo de Sostenibilidad del Empleo

El presidente de Cepyme, Gerardo Cuerva; el ministro de Inclusión Social, José Luis Escrivá; la ministra de Trabajo, Yolanda Diaz; el secretario general de CCOO, Unai Sordo; y de UGT, Pepe Álvarez. / Alejandro Martinez Velez/Europa Press via Getty Images

El presidente de Cepyme, Gerardo Cuerva; el ministro de Inclusión Social, José Luis Escrivá; la ministra de Trabajo, Yolanda Diaz; el secretario general de CCOO, Unai Sordo; y de UGT, Pepe Álvarez.

Madrid

Los ERTE post-covid, los que se aplicarán cuando vuelva la normalidad, se van a llamar MSE (Mecanismo de Sostenibilidad del Empleo), y van a permitir a las empresas reducir la jornada de sus trabajadores cuando un imprevisto, una situación sobrevenida, impida la actividad normal de la compañía. No está prevista prestación adicional para esos trabajadores -como sí sucede hasta ahora, que lo que se pierde de jornada se compensa parcialmente con la prestación de paro- pero sí que se plantea la puesta en marcha de un fondo, que se nutrirá de los excedentes del paro, de las multas a las grandes empresas que hacen ERE y de los fondos europeos, para que, caso a caso, Gobierno, patronales y sindicatos examinen a qué empresas o sectores en MSE se les puede dar una ayuda: bonificaciones o prestaciones.

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Así figura en un documento que el Ministerio de Trabajo hizo llegar este miércoles a patronal y sindicatos en la mesa de que examina el mercado de trabajo; la encargada de reformar la reforma laboral. La propuesta es por tanto todavía provisional, pero indica por dónde quiere el Gobierno que se regule el nuevo mecanismo que sustituirá a los ERTE, que es además una promesa hecha a Europa en el marco del Plan de Resiliencia. Está previsto que las materias relativas a mercado de trabajo se aprueben antes del final de este año

Los ERTE permanentes

En el documento, Trabajo plantea que al MSE se puede recurrir para reducir las jornadas de los trabajadores cuando “por razones de carácter imprevisible, ajenas a la voluntad empresarial [...] vean impedido o limitado el desarrollo normalizado de su actividad”. Servirse del MSE requiere para la empresa de un compromiso de mantenimiento del empleo, así como no realizar nuevas contrataciones, externalizaciones u horas extra durante su uso. El incumplimiento de estas normas tendrá castigo, pero en el borrador se remite a un futuro desarrollo reglamentario.

Para poner en marcha un MSE habrá que comunicárselo a la autoridad laboral y negociar con los representantes de los trabajadores; la autoridad laboral será quien autorice o no la medida. Su uso será preferente a las extinciones por causa económica, técnica, organizativa o de producción, y la empresa deberá motivar cuando despida por esos motivos por qué no es suficiente el MSE para resolver la situación por la que pasa la empresa.

A diferencia de los ERTE, el MSE no contempla una prestación para los trabajadores con reducción de jornada, pero la ley prevé la creación de un Fondo de dotación para el MSE, hecho con los remanentes de las prestaciones por desempleo que no se utilicen, con las penalizaciones por ERE a las empresas que jubilen a trabajadores mayores, y con las ayudas europeas. El Fondo deberá contar con un reglamento, que deberá prever la participación de las patronales y sindicatos más representativos y los contenidos y requisitos por los que se puedan reconocer medidas extraordinarias, como bonificaciones o beneficios en materia de prestación por desempleo, a las empresas que se acojan al MSE.

 
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