Tribunales | Actualidad
Violencia machista

Condena firme de doce años y medio por intentar asesinar a su pareja en Cangas

El Supremo confirma la condena que le impusieron los tribunales gallegos por apuñalar varias veces a su pareja

La Justicia también confirma una orden de alejamiento durante 18 años y más de 50.000 euros de indemnización

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena que le impusieron los tribunales gallegos / EFE

Madrid

El Tribunal Supremo ha decidido confirmar la condena de doce años y medio de cárcel impuesta a un vecino de la localidad pontevedresa de Cangas que en 2019 intentó asesinar a su pareja en su casa delante de su familia. Los jueces avalan la condena que le impusieron los tribunales gallegos por un delito de asesinato en grado de tentativa así como una orden de alejamiento de casi dos décadas y una indemnización de más de 50.000 euros.

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Los hechos, según explica la resolución a la que ha tenido acceso esta emisora, ocurrieron en la casa que compartía la pareja desde hacía medio año en febrero de 2019. El acusado, que había llegado a casa de mal humor, empezó a discutir con su pareja en una habitación y por sorpresa acometió a la mujer en el cuello con un objeto punzante: sólo la resistencia de la víctima evitó que fuese degollada, recibiendo los pinchazos en la cara y el riñón.

Todo ocurrió mientras en el salón estaban la prima de la víctima y la niña de diez años que agresor y víctima tenían en común. "¿Quieres que te dé también?", le dijo el asesino a la prima de la víctima cuando ella y la menor entraron en la habitación para auxiliar a la mujer. Poco después huyó de allí y fue detenido al cabo de varias horas en Xinzo de Limia, después de recorrer en torno a 150 kilómetros.

Ahora ha sido la sala de lo penal del Supremo la que ha confirmado su condena: doce años y medio de prisión por un delito de asesinato intentado además de una orden de alejamiento de medio kilómetro que estará vigente casi dos décadas y también la obligación de indemnizar a su víctima con más de 50.000 euros, además de hacerse cargo de los gastos en que incurrió el Servicio Gallego de Salud para curar sus heridas.

"El daño es irreparable"

La sentencia del Tribunal Supremo, que ha tenido como ponente al magistrado Vicente Magro, rechaza todos los argumentos del agresor machista, que entre otras cosas aseguraba que había reparado parcialmente el daño adelantando algo de dinero antes de la condena firme, y citan un auto de 2019 para señalar que en casos como éste "el daño ocasionado es irreparable y no tiene vuelta atrás".

También cuestionaba el acusado que hubiera actuado por sorpresa y con alevosía y el Supremo contesta que "la circunstancia de que hubiera una previa discusión porque él estuviera molesto nunca puede dar lugar a la previsión de la víctima de que se produzca un ataque súbito e inesperado como se produjo", sacando el objeto punzante de un bolsillo por sorpresa sin dar ninguna oportunidad a la mujer de forma efectiva esquivando por poco una puñalada en el cuello.

 
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