Tribunales | Actualidad
Impago pensiones

El Supremo califica como "violencia económica" el impago de pensiones a los hijos tras un divorcio

Condena a un hombre que maniobró durante años para dejar de pagar más de 30.000 euros a su familia tras la separación

El Supremo entiende que es "violencia económica" ya que "el incumplimiento de esta obligación deja a los propios hijos en un estado de necesidad"

Archivo - Tribunal Supremo / JESÚS HELLÍN/EUROPA PRESS - Archivo (EUROPA PRESS)

Madrid

El Tribunal Supremo ha condenado a dos años de cárcel a un hombre que durante años maniobró para evitar pagar la pensión de alimentos a sus hijos después del divorcio, en una sentencia en la que los jueces se refieren a estas conductas como "violencia económica". Para el Supremo, el impago de estas pensiones "puede configurarse como una especie de violencia económica, dado que el incumplimiento de esta obligación deja a los propios hijos en un estado de necesidad".

Más información

La sala de lo penal ha estudiado el caso de una pareja que se casó en 1986 y que se divorció en 2003 teniendo entonces dos hijos menores de edad. La Justicia, entre otras medidas, impuso una pensión al padre de 360 euros mensuales, dinero que no pagó durante una década desde 2008 hasta 2018 a pesar de que "sabía de la obligación de pago de dicha pensión de alimentos y tenía capacidad económica para su pago" y además ocultando su patrimonio y sus negocios para esconder su dinero.

En total dejó casi 35.000 euros sin pagar a lo largo de los años. En un primer momento la Audiencia Provincial de Palma le condenó a tres años de cárcel por el delito de alzamiento de bienes y a un año más de cárcel por abandono de familia, y ahora el Tribunal Supremo deja sus condenas en la mitad, por lo que no tendrá que entrar obligatoriamente en prisión, pero calificando los hechos como de "violencia económica" del que deja de pagar la pensión a sus hijos.

Para el Tribunal Supremo este impago de pensión alimenticia "puede configurarse como una especie de violencia económica" ya que incumplir esta obligación "deja a los propios hijos en un estado de necesidad" destacando también que esto obliga al otro progenitor, en este caso a la madre, "a llevar a cabo un exceso en su esfuerzo de cuidado y atención hacia los hijos, privándose de atender sus propias necesidades para cubrir las obligaciones que no verifica el obligado a hacerlo".

Dejó de pagar la hipoteca

La sentencia describe cómo a lo largo de los años fue vaciando sus propias empresas de tal manera que no sólo dejó de pagar las cuotas de la pensión de sus hijos sino también la hipoteca sobre la vivienda que los jueces habían adjudicado a su exmujer y los dos menores. El empresario "sí tenía ingresos para hacer frente a dichos pagos, pero imposibilitaba cualquier reclamación contra" la empresa que en el pasado había sido de los dos y que se encargaba de la hipoteca.

Mientras tanto, según la sentencia que ha tenido como ponente al magistrado Vicente Magro, su exmujer "inicia negociaciones con La Caixa para refinanciar la deuda existente, y evitar la ejecución del bien hipotecado, es decir, la vivienda familiar". Es decir, que mientras él ocultaba su dinero y dejaba de hacer frente a sus obligaciones, la mujer tuvo que negociar con el banco para evitar ser desahuciada.

 
  • Cadena SER

  •  
Programación
Cadena SER

Hoy por Hoy

Àngels Barceló

Comparte

Compartir desde el minuto: 00:00