Tribunales | Actualidad
Ejército español

El Supremo sanciona a un Teniente Coronel en la reserva que planteó "la solución armada" en Cataluña

Dejan en ocho días la sanción económica a un Teniente Coronel en la reserva por amenazar con los tanques en Cataluña

Los jueces recuerdan que los militares en la reserva también tienen que guardar el principio de neutralidad política que marca el Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas

Militares españoles en una imagen de archivo / Getty Images

Militares españoles en una imagen de archivo

Madrid

El Tribunal Supremo ha decidido rebajar a ocho días la sanción económica impuesta a un Teniente Coronel en la reserva por un artículo publicado en 2018 en una página web proponiendo la intervención de los militares como solución al conflicto político en Cataluña. Los jueces recuerdan en esta sentencia que los militares en la reserva también están obligados a cumplir con el principio de neutalidad política que impone el Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas: esta obligación "es la misma para los militares en servicio activo que para los que se hallen en la situación de reserva".

Más información

Los jueces de la sala de lo militar han estudiado el caso del Teniente Coronel en la reserva Enrique Área, que en agosto de 2018 publicó un artículo en la página web de perfil ultraderechista Alerta Digital abordando el "pluralismo" en España, refiriéndose al franquismo como "Régimen del Generalísimo" y, finalmente, apuntando a una intervención militar en Cataluña aunque apelando a la "buena voluntad de las partes": si esa voluntad no existe, decía, "como militar nos quedaría la solución armada en la que se aplicará la Ley de Estados con toda su contundencia", en posible referencia no aclarada a la Ley de Estados de Alarma, Excepción y Sitio.

Un artículo que se tradujo en una sanción de quince días por parte de Defensa y la ministra Margarita Robles y que ahora el Tribunal Supremo deja en ocho días, confirmando que incurrió en una falta grave de "efectuar con publicidad manifestaciones o expresar opiniones que supongan infracción del deber de neutralidad política". Los jueces, con Fernando Marín Castán como ponente, rebajan ligeramente la sanción finalmente impuesta era más alta de la propuesta por el instructor.

El militar alegaba que escribió este artículo "más en su condición de Doctor en Ciencias Sociales que en su condición de Teniente Coronel del Ejército", un "desdoblamiento de personalidad que, en cualquiera de los casos, no le exime de sus obligaciones como militar" según el Supremo. El Supremo reconoce que "por el hecho de ser militar, no tiene que aplaudir, mostrar agrado o "comulgar con ruedas de molino" pero sí se le exige cumplir con "uno de los deberes necesarios para la protección de esos bienes jurídicos es el de neutralidad política en toda expresión pública".

Sujetos al régimen disciplinarios

Los militares en la reserva, recuerda esta sentencia del Supremo, también tienen que cumplir este deber de neutralidad política. Este Teniente Coronel, por tanto, "estaba sujeto al régimen disciplinario de los miembros de las fuerzas Armadas, al no implicar la situación administrativa de reserva la suspensión de su condición militar, como, por la misma razón, se encontraba también sujeto al régimen de derechos y deberes -entre ellos el de neutralidad política- de los miembros de las Fuerzas Armadas".

Archivo - Tribunal Supremo

Archivo - Tribunal Supremo / JESÚS HELLÍN/EUROPA PRESS - Archivo

Archivo - Tribunal Supremo

Archivo - Tribunal Supremo / JESÚS HELLÍN/EUROPA PRESS - Archivo

La sala quinta del Supremo sí estima su recurso para rebajar la sanción porque se le impuso finalmente una sanción más alta que la propuesta por el instructor: "Lo que no puede compartir esta Sala es que si la Autoridad sancionadora, resolviendo de conformidad con el dictamen de su Asesor Jurídico, consideraba insuficiente la sanción propuesta por el Instructor del expediente disciplinario, no acordara la previa devolución del expediente a éste para que formulara nueva propuesta de resolución".

Militares en la reserva

La sentencia del Supremo llega después de que en los últimos meses varias decenas de militares retirados - que ya no están tampoco en reserva - hayan intervenido a través de cartas y misivas en el debate político público. El pasado mes de noviembre, por ejemplo, varias decenas de militares retirados firmaron un manifiesto dirigido al rey Felipe VI alertando de que la "unidad de España" estaba en peligro. Defensa puede actuar contra militares en la reserva pero no contra militares retirados.

A principios de este mes de marzo la Fiscalía de Madrid también rechazó denunciar a varios militares que en un chat privado especularon con fusilar a "26 millones de hijos de puta", alegando entre otras cosas que se trataba de un grupo sin difusión pública y sin ánimo de incitar al odio contra ningún colectivo.

 
  • Cadena SER

  •  
Programación
Cadena SER

Hoy por Hoy

Àngels Barceló

Comparte

Compartir desde el minuto: 00:00