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Una sentencia da la razón a cuatro familias del accidente aéreo de Spanair y obliga a pagar más indemnización

El juzgado de lo mercantil número 11 de Madrid ha dictado una sentencia por la que acepta aumentar la indemnización a cuatro familias del accidente de aéreo del avión de Spanair ocurrido en 2008 en el que fallecieron 154 personas

Imagen de archivo del día del accidente del avión de Spanair / Getty Images

Imagen de archivo del día del accidente del avión de Spanair

Madrid

El juzgado de lo mercantil número 11 de Madrid ha dictado una sentencia por la que acepta aumentar la indemnización a cuatro familias del accidente de aéreo del avión de Spanair ocurrido en Madrid en agosto de 2008 en el que fallecieron 154 personas

Aunque el accidente es de 2008 cuando no se contemplaba la indemnización a los hermanos de los fallecidos la Sala aplica la Ley 35/2015 de 22 de septiembre que ya incluye a estos parientes como perjudicados.

Hasta ahora las sentencias que se han dictado por el accidente han venido a reconocer el derecho de indemnización de los familiares directos de los fallecidos en el accidente aéreo como los padres o los hijos y se han pagado las cuantías económicas conforme a las tablas que se establecen en los accidentes de circulación.

Según el abogado, que ha llevado este recurso, Manuel Temboury, presidente de la Asociación de abogados de victimas (ADEVI) "sus representados recibieron mediante un acuerdo con Boeing (la empresa fabricante del avión siniestrado) una cantidad similar a la acordada por los jueces para la aseguradora Mapfre, en torno a los 170.000 euros.

Lo que viene a decir la sentencia es que no son incompatibles ambas indemnizaciones, la que se aplica por la ley de circulación y la de Boeing".

Triple indemnización

Según este letrado, la sentencia del juzgado de lo mercantil que le da la razón, aunque todavía no es firme, "va a generar es una doble indemnización y, si a ello unimos el derecho que también se le reconoce en la sentencia del percibo de los intereses moratorios que viene a ser prácticamente la misma cantidad pues la indemnización que se ha conseguido prácticamente triplica lo que se había logrado hasta ahora como consecuencia de los pleitos que se han ido resolviendo a causa de este accidente".

Daño moral a los hermanos

El letrado destaca que "es interesante que se haya reconocido el derecho como daño moral a los hermanos, cuestión que no se haya producido hasta ahora por cuanto era la aplicación la legislación anterior que se ha aplicado por analogía de accidentes de tráfico, sin que en esa normativa se incluyeran a los hermanos como perjudicado en accidente. En esta sentencia sí la reconoce y entendemos que es un triunfo de justicia".

Seguro de viaje

La intención del letrado Temboury es la de recurrir la decisión del juzgado, porque aunque les da la razón en el sentido de que les pertenece también una cantidad de indemnización a los hermanos de las victimas y los intereses monitoreos que podrían incrementar en un 120% la cuantía, pretende conseguir una nueva indemnización como consecuencia del seguro de viajeros".

Cree el abogado "que son dos cosas completamente compatibles y por el hecho de ser viajeros y por el hecho de haberse producido el fallecimiento como consecuencia de una imprudencia achacable al transporte pues debe de resarcirse esa cantidad".

Javier Álvarez

Javier Álvarez

Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en La Cadena SER donde esta vinculado a la sección de Justicia...

 
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