El Supremo estudia la condena del alcalde de Cádiz 'Kichi' por calumnias contra su predecesora
El regidor gaditano fue condenado a pagar más de 5.000 euros de multa por responsabilizar a la exalcaldesa Teófila Martínez y un concejal por la distribución de agua contaminada al barrio de Loreto
La Fiscalía se ha adherido al recurso del alcalde pidiendo su absolución
Madrid
El Tribunal Supremo estudiará este miércoles la condena del alcalde de Cádiz, José María González 'Kichi', por responsabilizar a la exalcaldesa Teófila Martínez y un exconcejal de la distribución de agua contaminada durante días en el barrio gaditano de Loreto en 2014. Los jueces, con el magistrado Miguel Colmenero como ponente, estudiarán el recurso del regidor de Adelante Cádiz con la Fiscalía pidiendo también que sea absuelto.
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El origen de este caso se remonta a 2016 cuando José María González y sus concejales se dirigieron a vecinos y periodistas desde la sede de la Confederación de Empresarios de la ciudad para exponer un informe de la empresa municipal Aguas de Cádiz: los ponentenes responsabilizaron a la anterior administración local del Partido Popular de suministrar agua contaminada durante varias semanas a los vecinos del barrio de Loreto entre septiembre y octubre de 2014.
El alcalde y sus regidores se dirigieron directamente a la exalcaldesa, Teófila Martínez, y al exconcejal Ignacio Romaní, el expresidente de la sociedad municial del agua. Fueron ellos los que llevaron a todos ante la Justicia al entender que se les habían imputado incluso delitos sin motivo y pidiendo indemnizaciones de 30.000 euros y multas de más de 5.000 euros, con la Fiscalía pidiendo la absolución de 'Kichi' en todo momento.
En un primer momento el juzgado de lo penal 5 de la ciudad optó por la absolución pero después la sección cuarta de la Audiencia de Cádiz optó por condenar al alcalde. Un delito de calumnias con publicidad, una multa de 5.400 euros y 3.000 euros de indemnización para la exalcaldesa y el exconcejal del PP. El Supremo estudiará este miércoles el recurso del actual alcalde, que ha recibido el apoyo de la Fiscalía del alto tribunal adhiriéndose al recurso presentado por el letrado Juan Domingo Valderrama.
¿Imputación clara o crítica política?
En primera instancia la magistrada Esther Burgos entendió que las declaraciones de 'Kichi' no realizaban imputaciones criminales ni a la exalcaldesa ni al expresidente de la empresa municipal y que, además, estaban amparadas por la libertad de expresión al ser crítica política. Fueron "manifestaciones genéricas" y, según el juzgado de lo penal, "dichas expresiones constituyen manifestaciones del ejercicio de la crítica política en relación a circunstancias y actuaciones de interés".
Fue la Audiencia Provincial de Cádiz, con el magistrado Juan Sebastián Coloma como ponente, la que optó por condenar al regidor por un delito de calumnias al entender que fue una rueda de prensa "evidentemente descalificadora y ofensiva al imputar a los querellantes hechos muy graves cometidos de manera deliberada, de modo que rebasa con mucho el legítimo ámbito de la libertad de expresión, e información".
El caso se deliberará este miércoles en la sala de lo penal del Tribunal Supremo a puerta cerrada sin que asistan los letrados y con el magistrado Miguel Colmenero como ponente de la sentencia.