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Ignacio Ellacuria

El Supremo confirma 133 años de cárcel para Montano por el asesinato de los jesuitas españoles en 1989

La Fiscalía y las acusaciones habían pedido confirmar la condena de 133 años de cárcel al exmilitar salvadoreño Inocente Montano

El supremo habla de "un auténtico relato de terror y del horror que tuvieron que vivir las víctimas de este crimen de Estado"

El jesuita Ignacio Ellacuría en una imagen de archivo / Ministerio de Cultura de El Salvador

Madrid

El Tribunal Supremo ha decidido confirmar la condena de 133 años de cárcel impuesta al exmilitar salvadoreño Inocente Montano por la masacre de cinco jesuitas españoles en 1989. Los jueces de lo penal hablan de "un auténtico relato de terror y del horror que tuvieron que vivir las víctimas de este crimen de Estado".

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Los jueces estudiaban el caso desde el pasado 27 de diciembre con el magistrado Vicente Magro como ponente. Tanto la Fiscalía como las acusaciones populares, tal y como reveló la Cadena SER, pidieron a la sala de lo penal que confirmase la condena impuesta al exmilitar salvadoreño Inocente Montano, el único de los más de quince acusados reclamados por la Justicia española que se terminó sentando en el banquillo de los acusados.

Montano era coronel y viceministro del ejecutivo salvadoreño y fue condenado por la Audiencia Nacional por participar en las reuniones en las que los militares de ese país decidieron y ordenaron el asesinato de los cinco jesuitas españoles, en ese momento considerados los cabecillas de la oposición al régimen militar: Ignacio Ellacuría, Ignacio Martín Baró, Segundo Montes, Amando López Quintana y Juan Ramón Moreno.

Ese 16 de noviembre de 1989 los militares entraron en la Universidad Centro-Americana y asesinaron a los cinco jesuitas españoles además de a otro religioso salvadoreño, Joaquín López, a la trabajadora de la universidad Julia Elba Ramos y a su hija, menor de edad, Celina Ramos.

A lo largo del proceso judicial que arrancó hace una década, la Audiencia Nacional ha reclamado sin éxito a El Salvador la entrega de más de quince mandos militares del país relacionados con la matanza. Inocente Montano fue entregado después por las autoridades de Estados Unidos.

"Fue un crimen preparado"

Inocente Montano durante el juicio en la Audiencia Nacional

Inocente Montano durante el juicio en la Audiencia Nacional / Pool Agencias

El Tribunal Supremo rechaza todos los argumentos del recurso del exviceministro salvadoreño, rechazando entre otras alegaciones que ponían encima de la mesa que actuó por miedo insuperable, en estado de necesidad o bajo error invencible. Para el Supremo "fue un crimen preparado, a sabiendas de lo que iban a hacer los ejecutores, y con órdenes claras y concretas acerca de cómo actuar y frente a quién, sin dejar testigo alguno que pudiera dar cuenta de lo que habían hecho, y sin posibilidad alguna de defensa por las víctimas".

Sigue el alto tribunal asegurando que "no puede, por ello, admitirse esta ejecución criminal ordenada por miembros del aparato del Estado como una ejecución justificada, ya que el asesinato de ocho personas indefensas por miembros de las Fuerzas armadas por orden de los integrantes del Poder del Estado no puede tener cobertura de estado de necesidad, miedo insuperable o error invencible. En modo alguno puede articularse que concurra el “error” en un operativo ideado, preparado, diseñado y desplegado".

"Sacrificar" a los jesuitas

La sentencia, que ha tenido como ponente al magistrado Vicente Magro, sentencia el caso más de tres décadas después de las ejecuciones explicando que "el Alto mando al que pertenece el recurrente se atribuyó el poder de decisión de quien debía morir articulando la excusa de una especie de bien jurídico personal que sostiene el recurrente que eran los miembros del Gobierno y los ciudadanos salvadoreños, configurando que para ello era preciso “sacrificar” la vida de los sacerdotes que fueron asesinados más las dos personas que allí estaban, por la excusa de que “no hubiera testigos”.

Rechaza de forma tajante el supremo que "en modo alguno puede encontrarse justificación alguna de organizar el sacrificar la vida de personas indefensas por un personalísimo bien jurídico protegido que señala el recurrente que les permitía sostener que era preferible acabar con la vida de las víctimas, pero para mantener un estatus ejerciendo el dominio y buscando excusas bajo el manto del crimen para poder consolidarlo".

 
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