El Tribunal Supremo condena a Mapfre a indemnizar a 18 víctimas del accidente de Spanair
Rechaza un recurso de Mapfre y obliga a indemnizar a 18 personas de 4 familias distintas con más de un millón de euros
Las víctimas reclaman que las indemnizaciones no se calculen en base al baremo de accidentes de tráfico
Madrid
El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que obliga a la aseguradora Mapfre a indemnizar con más de un millón de euros a 18 familiares de víctimas mortales del accidente de Spanair de 2008. En su sentencia más abultada hasta la fecha sobre este asunto, la sala de lo civil confirma su criterio sobre las indemnizaciones: calculadas en base a los baremos de accidentes de tráfico y con un porcentaje adicional del 50% además de los intereses.
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El accidente del vuelo JK5022 de Spanair dejó 154 víctimas mortales en las pistas de despegue del aeropuerto de Barajas cuando la aeronave, que partía hacia Gran Canaria, se desplomó y explotó. El año pasado la sala de lo civil del Tribunal Supremo dictó tres sentencias estableciendo su criterio sobre cómo había que resarcir a los familiares y a las víctimas de la tragedia: basándose en los baremos de accidentes de tráfico pero con un porcentaje adicional del 50% sobre la cantidad, junto con los intereses.
Esta cuarta sentencia, a la que ha tenido acceso la Cadena SER y que ha tenido como ponente al magistrado Rafael Sarazá, confirma ese criterio en su decisión más abultada hasta la fecha: indemnizaciones que suman más de un millón de euros sin los intereses para 18 personas de 4 familias distintas. Las cantidades que reconoce la Justicia de forma individual oscilan en este pleito entre los 23.000 y los 240.500 euros en función de las circunstancias concretas de cada afectado y en primera instancia los intereses reconocidos casi alcanzaban otro millón de euros más.
En el último año la sala de lo civil del Tribunal Supremo ha dictado seis sentencias que confirman que la aseguradora debe indemnizar a más de 50 personas afectadas por la tragedia con cantidades que rozan los tres millones de euros, con la compañía habiendo abonado casi 40 millones en total tanto dentro como fuera de los tribunales. La Asociación de Víctimas ha solicitado recientemente al alto tribunal que lleve el caso ante las instancias europeas para que no se calculen las indemnizaciones usando el baremo de accidentes de tráfico sino la normativa comunitaria.
El recurso de Mapfre
Esta resolución de la sala de lo civil se suma también a las sentencias dictadas por la sala de lo social para familiares de víctimas que trabajaban para la empresa, por ejemplo cuando en 2017 obligó a indemnizar a los familiares de una azafata fallecida. En esa jurisdicción los magistrados también han establecido que la aseguradora Mapfre debe pagar los intereses que en algunos casos pueden superar incluso a la cuantía indemnizatoria establecida.
En este caso la sala de lo civil se limita a repetir lo dicho en sus anteriores sentencias de mayo, septiembre, noviembre y diciembre del año pasado añadiendo que en este caso "Mapfre no ha impugnado adecuadamente la utilización de un baremo que no corresponde al año en que sucedió el siniestro, pues ha formulado defectuosamente el motivo en el que se abordaba tal cuestión" y confirmando que es "correcta la aplicación, en casos como el que es objeto del recurso, de un porcentaje adicional de incremento sobre la indemnización resultante de la aplicación del baremo de la normativa sobre circulación de vehículos de motor".