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Caso 8-M

El Consejo de Transparencia da diez días a Igualdad para que entregue los informes sanitarios del 8-M

El ministerio se negó a informar a un ciudadano que pidió al portal de la Transparencia la información a la que se refirió Irene Montero para mantener la manifestación feminista

El ministerio cree que las declaraciones políticas no estan sujetas a la ley de transparencia

La decisión del Consejo de Transparencia se puede recurrir ante los tribunales

La ministra de Igualdad, Irene Montero, durante su comparecencia ante la Comisión de Reconstrucción celebrada el pasado jueves en el Congreso. / Sebastián Mariscal (EFE)

La ministra de Igualdad, Irene Montero, durante su comparecencia ante la Comisión de Reconstrucción celebrada el pasado jueves en el Congreso.

Madrid

Aunque la resolución puede ser recurrida ante un tribunal de lo contencioso-administrativo, el Consejo de la Transparencia da al ministerio de Igualdad un plazo de 10 dias para que entregue “los informes de las autoridades sanitarias en los cuales se basó la ministra (Irene Montero) para continuar el 8-M”.

Un particular solicitó esos informes a través del portal de transparencia el pasado 11 de abril tras escuchar una entrevista que concedió Montero a una cadena de televisión en la que señalaba que se hizo caso a los expertos y autoridades sanitarias.

Una petición "abusiva"

A la solicitud, el ministerio de Igualdad contestó el 8 de mayo señalando que la petición era “abusiva” porque (entre otras razones) “la aclaración de declaraciones de naturaleza política quedaría fuera del ámbito objetivo de aplicación” de la ley de transparencia.

El Consejo de Transparencia considera (en resolución que ha sido comunicada al interesado el pasado 17 de junio) que, aunque en la entrevista a la ministra esta no cita documentos concretos, “la Administración no ha negado la existencia de dichos informes, cuya existencia, por otra parte, puede presumirse por cuanto sería la vía por la que los expertos y autoridades sanitarias habrían comunicado su criterio respecto a la celebración de las citadas movilizaciones y cuya elaboración debe tenerse pues por probable y posible”.

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<p>La ministra de Igualdad asegura que "nadie dudará de que si hubiera tenido sospechas no habría actuado así"</p>

De la misma forma, el Consejo estima que “lo realmente requerido son los informes escritos probablemente existentes a esa fecha, elaborados por estos últimos (expertos y autoridades) y relacionados con la decisión pública de mantener la convocatoria y asistencia a la movilización del 8 de marzo”.

Por su parte, el ministerio de Igualdad, en el escrito de alegaciones que presentó al Consejo de Transparencia afirma que cuando “se efectúan declaraciones políticas” no deben estar estas sujetas a la ley de transparencia porque “de lo contrario, en la práctica, se estaría estableciendo un nuevo control de naturaleza política que, lógicamente, excedería los controles que el marco constitucional establece sobre el poder político”. El órgano cree, además, que no sería proporcional “si las declaraciones de los miembros del gobierno tuvieran que sujetarse a esta suerte de controles”.

La resolución, ya comunicada al interesado, el cual la ha publicado en sus redes sociales, aún no ha sido publicada en la web del Consejo de Transparencia. Esta moción puede ser recurrida en primera instancia ante los tribunales centrales de lo contencioso-administrativo.

Javier Torres

Javier Torres

Redactor de Política, trabaja en el Congreso y hace seguimiento de Vox. Anteriormente formó parte de...

 
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