Tribunales
Niños robados

El Supremo sentencia que el doctor Vela entregó una niña de forma ilegal en 1969

Mantiene que el doctor Vela pudo cometer delitos de suposición de parto y falsedad pero no detención ilegal

No se pronuncia sobre la posible prescripción de los delitos dado que el acusado falleció en octubre

Que una familia entregase voluntariamente a una niña era "en aquella época no insólito o extraño, sino relativamente habitual"

El doctor Vela durante el juicio en la Audiencia de Madrid / Alberto Pozas

Madrid

El Tribunal Supremo ha dictado su primera sentencia firme en un caso de denuncia de robo de bebés: con el único acusado, el doctor Eduardo Vela, ya fallecido, mantiene su absolución aunque retira uno de los tres delitos que le atribuyó la Audiencia de Madrid. La sentencia no se pronuncia sobre una de las grandes incógnitas que los denunciantes pedían despejar: cuándo prescriben este tipo de hechos a ojos de la Justicia.

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El caso del doctor Eduardo Vela e Inés Madrigal fue sentenciado en octubre de 2018: la Audiencia de Madrid rechazó condenarle por prescripción de los hechos aunque declaró probado que en 1969 robó a Madrigal de brazos de su madre biológica para entregarlos a otra familia. Un año después Vela fallecía e Inés Madrigal localizaba a su familia biológica, quien le transmitió que no fue robada sino entregada de forma voluntaria.

Dos circunstancias que condicionaron el debate en el Tribunal Supremo encabezado por Antonio del Moral descritas en la sentencia como "situaciones procesales, si no insólitas, sí, al menos, poco frecuentes". El resultado es una estimación parcial del recurso de los hijos del facultativo: manteniendo su absolución sí retira la sentencia la referencia al delito de detención ilegal pero manteniendo que la niña fue entregada, aunque de forma voluntaria, de forma ilegal, con delitos de falsedad documental y suposición de parto.

La sentencia deja sin contestar la pregunta de la prescripción que sirvió para absolver a Vela. La muerte de Vela extingue cualquier tipo de responsabilidad penal y los jueces no pueden resolver sobre una petición de condena realizada por la acusación y la Fiscalía.

"Como si no estuviese"

Declara probado el Supremo que Vela firmó un certificado de nacimiento falaz y que instó a la segunda familia a fingir un embarazo, pero no encuentra pruebas entre lo estudiado por la Audiencia de Madrid de que fuese un robo: "Ninguna declaración directa acreditaba que se hubiese tratado de una sustracción y no una entrega voluntaria por parte de la progenitora".

Explica el magistrado que entregar una niña de forma irregular pero consentida "era ese un hecho en aquella época no insólito o extraño, sino relativamente habitual" y que "la ilegalidad se habría concretado en exclusiva en la elusión de los procedimientos regulares de adopción mediante la conducta falsaria de hacer aparecer como madre biológica a quien no lo era".

Manifestación de denunciantes de robo de bebés frente al juicio de Vela / Alberto Pozas

La sentencia, además, da acuse de recibo de la nueva circunstancia: Inés Madrigal ha encontrado a su familia biológica y ésta le ha confirmado que su madre "prestó su consentimiento para que su hija recién nacida fuese entregada a un matrimonio", pero a esta alturas del procedimiento ya no se pueden examinar pruebas nuevas. "Resolveremos formalmente como si no estuviese ahí. Esa es la solución canónica", zanja Antonio del Moral aunque "es obvio que está ahí. Y que de ella se deduce lo que se deduce".

 
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