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Caso Volkswagen

El Supremo condena a Seat a indemnizar a una conductora afectada por el 'dieselgate'

Decide que el fabricante, y no sólo el vendedor, debe indemnizar a una afectada por la instalación del software que manipula los resultados de las mediciones de emisiones contamintantes

"Abre la puerta a que todos los afectados por el 'dieselgate' puedan reclamar su indemnización", explica el abogado del caso

El Supremo obliga a Seat a indemnizar a la conductora afectada / Getty

El Supremo obliga a Seat a indemnizar a la conductora afectada

Madrid

El Tribunal Supremo ha decidido condenar a Seat a indemnizar a una mujer que se vio afectada por el conocido como 'dieselgate' de 2015, rechazando que la indemnización por daños morales deba correr a cargo sólo del concesionario donde se vendió el vehículo manipulado. El pleno de la sala de lo civil ha dado la razón a una conductora que finalmente tendrá que ser indemnizada con 500 euros.

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La mujer, según la sentencia, compró el Seat Ibiza en un concesionario oficial del grupo Volskwagen en la localidad menorquina de Maó en 2013: dos años más tarde estallaba el 'dieselgate' y descubría que su coche tenía un software que desactivaba las emisiones contaminantes cuando, por ejemplo, estaba siendo sometido al control de la Inspección Ténica de Vehículos (ITV) anual. Una vez modificado el coche, alegaba la conductora, era menos potente, no sabía si pasaría más revisiones y si estaría sujeto a penalizaciones por ser más contaminante que antes.

En un primer momento la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca condenó al vendedor a indemnizar a la mujer con 500 euros por daños morales y ahora ha sido el Tribunal Supremo el que ha decidido que esa responsabilidad se debe extender a Seat de forma solidaria. "Si el automóvil no reúne las características con las que fue ofertado, respecto del comprador final no existe solamente un incumplimiento del vendedor directo, sino también del fabricante que lo puso en el mercado y lo publicitó. Y el daño sufrido por el comprador se corresponde directamente con el incumplimiento atribuible al fabricante", zanja el Supremo.

Para los jueces de la sala primera del Supremo "el fabricante del automóvil tiene frente al adquirente final la responsabilidad derivada de que el bien puesto en el mercado no reúne las características técnicas anunciadas por el fabricante. Esta responsabilidad es solidaria con la responsabilidad del vendedor".

"Esta primera sentencia es muy importante"

En conversación con la Cadena SER, el abogado que ha ganado el pleito Norberto José Martínez Blanco se muestra satisfecho con la victoria: "Es la primera sentencia y es muy importante, evidentemente abre la puerta a que todos aquellos afectados por el 'dieselgate' puedan reclamar su indemnización con una seguridad importante, esto da una seguridad jurídica muy importante". El letrado representaba en este caso a una conducta de Menorca pero asegura que lleva las reclamaciones de "más de trescientos afectados que están a la cola del pronunciamiento" que ha hecho público el Supremo este jueves.

Explica que el dispositivo consigue que cuando el coche, por ejemplo, es llevado a pasar la ITV ofrezca unos niveles de emisiones contaminantes mucho menores "para evidentemente pasar esos controles" pero que una vez retirados en 2015 "los clientes notan que su vehículo no se comporta igual que antes en cuanto a potencia y consumo, tenemos clientes que han tenido que cambiar de coche porque se ha producido una merma importante". Esta sentencia del pleno de lo civil, explica el abogado, "abre el parapeto de la responsabilidad no sólo al que vende sino a toda la cadena de producción o intermediarios que haya, hace responsable a todos ellos".

 
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