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Tribunal Constitucional

El Constitucional anula la condena al rapero Strawberry por humillación a víctimas del terrorismo

Los magistrados creen que los tweets por los que el cantante fue condenado "no son perseguibles"

El cantante de Def con Dos, César Augusto Montaña Lehman, 'César Strawberry', en una imagen de archivo tomada el 26 de junio de 2015. / Emilio Naranjo (EFE)

El cantante de Def con Dos, César Augusto Montaña Lehman, 'César Strawberry', en una imagen de archivo tomada el 26 de junio de 2015.

Madrid

El Tribunal Constitucional ha decidido conceder el amparo al rapero y cantante de Def con Dos, conocido como César Strawberry, condenado a un año de cárcel por un delito de enaltecimiento del terrorismo o humillación de las víctimas.

La sentencia, redactada por el magistrado progresista Juan Antonio Xiol, anula la condena de un año de cárcel impuesta por el Tribunal Supremo al entender que en este caso prevalece la libertad de expresión frente al artículo 578 del Código Penal.

Los magistrados creen, en ese sentido, que los tweets del cantante (con expresiones como "cuántos deberían seguir el vuelo de Carrero Blanco" o "a Ortega Lara habría que secuestrarle ahora") no son perseguibles penalmente, porque entran dentro del ámbito dela libertad de expresión.

Condena por unos tweets

César Augusto Montaña Lehmann, conocido por el nombre artístico de César Strawberry fue condenado en enero de 2017 por el Tribunal Supremo debido a comentarios que publicó en la red social Twitter entre noviembre de 2013 y enero de 2014 en los que mencionaba, entre otras personas, al funcionario de prisiones secuestrado por ETA José Antonio Ortega Lara, así como a los Grapo.

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La sentencia dictada por el Supremo, de la que fue ponente su presidente, Manuel Marchena, anuló la absolución de Montaña Lehmann dictada en julio de 2016 por la Audiencia Nacional, al considerar que fueron mensajes de humillación y burla que "alimentan el discurso del odio, legitiman el terrorismo como fórmula de solución de los conflictos sociales y, lo que es más importante, obligan a la víctima al recuerdo de la lacerante vivencia de la amenaza, el secuestro o el asesinato de un familiar cercano, sin que la provocación, la ironía o el sarcasmo (el 'nihilismo surrealista' en palabras del acusado) que animan sus comentarios hagan viable una causa supralegal de exclusión de la culpabilidad".

El Constitucional tumba ahora esta idea amparando las expresiones del cantante dentro del ámbito de la libertad de Expresión.

Javier Álvarez

Javier Álvarez

Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en La Cadena SER donde esta vinculado a la sección de Justicia...

 
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