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Tribunales | Actualidad
Caso Tous

La Audiencia Nacional archiva el 'caso Tous' que investigaba la pureza de las joyas

Según la acusación de la Fiscalía, la firma de joyería catalana vendía joyas de materiales no metálicos

Imágenes de las joyas supuestamente falsas presentadas por la acusación popular.(CADENA SER)

El juez de la Audiencia Nacional, Santiago Pedraz, ha decidido archivar la causa que investigaba la pureza de las piezas de plata de la joyería catalana Tous, en concreto, la que afectaba al característico oso tras la denuncia de una asociación de consumidores. Pedraz ha dictado el auto de archivo provisional tras haber tomado declaración a la defensa de TOUSy al laboratorio Applus Laboratories que certifica la autenticidad de las joyas de la joyería catalana.

El Ministerio Público había denunciado a la firma catalana por los delitos de publicidad engañosa, estafa continuada, falsedad en documento público y corrupción en los negocios.

El origen de la actuaciones fue la denuncia de la asociación Consujoya, presentada en Córdoba en diciembre de 2018, en la que aseguraba que la joyería TOUS "estaba poniendo en el mercado piezas de metales preciosos de 'ley' que no cumplen los requisitos establecidos por la legislación, al estar rellenos de un material no metálico y estar contrastados como metal precioso, en concreto plata de primera ley. 

Las diligencias llegaron a la Fiscalía de la Audiencia el pasado noviembre de 2019 tras dar traspaso la Fiscalía Provincial de Córdoba. 

El denunciante aportó un informe del laboratorio autorizado Ecomep concluyendo que dos de los colgantes analizados daban un resultado inferior a lo permitido por ley (925 mm); además de un informe de la Universidad de Córdoba que analizaba cuatro piezas, tanto el exterior como el relleno, "identificado el exterior como plata y el relleno como no metálico". 

Según el auto, a fecha de 27 de enero, la ley permite utilizar relleno no metálico para "materializar uniones o dar estabilidad" y no se discute que en este caso "el relleno empleado no sea para no dar estabilidad, pues las características de la playa son muy distintas a las del oro". Esto es, continúa, "las joyas en cuestión si no llevaran el relleno fácilmente podrían deformarse, cosa que no ocurre si son de oro".

El auto concluye que "no hay estafa, pues las piezas están consideradas como metal precioso" y en ningún momento se dice al comprador que se trate de "plaza maciza". El certificado de autenticidad de la joya también especifica que la joya "pueda contener un núcleo no metálico" , y tampoco hay publicidad engañosa pues "en la oferta de los productos no se constatan alegaciones falsas". Asimismo, el delito de corrupción de los negocios se descarta porque no hay indicio alguno de "soborno". 

El archivo no es firme y cabe recurso de reforma y apelación.

 

 
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