Tribunales
Caso La Manada

La doctrina de La Manada, también para los proxenetas que violan a sus víctimas

La Audiencia de Madrid condena a penas de hasta 31 años de cárcel a varios proxenetas que explotaban a mujeres rumanas

Cita la sentencia del Supremo sobre la Manada de Pamplona para condenar por violación a una proxeneta que amenazaba a sus víctimas para que mantuvieran relaciones sexuales con otros miembros del grupos

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Madrid

Cuatro integrantes de un grupo de proxenetas han sido condenados a penas que van desde los doce años y medio hasta los treinta y un años de cárcel por explotar sexualmente y violar a mujeres rumanas en Madrid. La sentencia aplica la doctrina establecida por el Tribunal Supremo tras el caso de 'la Manada' de Pamplona y condena por agresión sexual a una mujer que amenazaba a las víctimas para que mantuvieran relaciones con sus captores.

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Los hechos, según la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid a la que ha tenido acceso la Cadena SER, ocurrieron en la capital entre 2012 y 2018. Los dos líderes del grupo captaban a jóvenes rumanas en su país y aprovechaban su "situación económica angustiosa" para traerlas a España bajo la promesa de trabajar como camareras o practicar la prostitución libremente: una vez aquí eran explotadas sexualmente, quedándose ellos todo el dinero.

El sumario detalla cómo explotaron sexualmente a dos mujeres rumanas. Una de ellas necesitaba dinero para su familia y fue traída con la promesa de que trabajaría de camarera. La otra fue captada "fingiendo agradecimiento" después de testificar en Rumanía en el juicio sobre la violación de la hija de la que después sería su captora: fue traída a España  y con su novio y la organización de proxenetas, para quitárselo de encima, le ofrecieron trabajo en su país para que abandonara España y poder someter a la víctima.

A la explotación sexual la sentencia suma las violaciones a las que dos hombres de la organización sometían a sus víctimas, bajo amenazas. La sentencia impone condenas de entre 12 y 31 años de prisión a cuatro acusados: las condenas más altas para los líderes del grupo y las más bajas para los subordinados que vigilaban y controlaban a las mujeres explotadas. También tienen que indemnizar a sus víctimas con hasta 83.000 euros.

La doctrina de 'la Manada'

La sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada Pilar Rasillo, condena a tres de los cuatro acusados por delitos continuados de agresión sexual: a los dos hombres que violaron a las víctimas y a la mujer que amenazó a las chicas para que se sometieran. Esta última es condenada como cooperadora necesaria y los jueces citan varias veces la sentencia del Tribunal Supremo de 'la Manada' de Pamplona para concluir que ella "es cooperadora necesaria pues realizó la intimidación necesaria para vencer la oposición de la víctima" auqnue en este caso no participara en el acto.

Esta mujer, según la sentencia, les obligaba a mantener relaciones con los proxenetas bajo amenaza de hacer daño a sus familias en Rumanía. "Intervino directa y principalmente en los actos de violencia que sometieron la voluntad" de una de las víctimas impidiendo "cualquier reacción defensiva, siendo ella la que realizó la intimidación necesaria para doblegar a la víctima". Por este delito se le imponen los mismos nueve años de cárcel que a los dos violadores, aunque como cooperadora.

"¿Esta lo hace también sin?"

La investigación, con pinchazos telefónicos y vigilancias, ha permitido detallar las condiciones inhumanas en las que los acusados obligaban a sus víctimas a prostituirse en las calles de Madrid: amenazas, golpes, violaciones, dinero para apenas comer "salchichas del supermercado DIA y pan" y la obligación de no usar protección en las relaciones con sus clientes, teniendo prohibido también quedarse embarazadas.

Las dos víctimas de este caso han contado a lo largo de la investigación cómo fueron obligadas a ponerse un Dispositivo Intrauterino (DIU) y cómo les exigían mantener las relaciones sin protección porque "así pagaban más". El sumario, de hecho, recoge una conversación telefónica entre el líder del grupo y uno de sus clientes en la que éste último se interesa por una chica: "¿Esta lo hace también sin?". El otro, previamente, le había dicho que "está buena, tiene el chocho fresco".

La sentencia ha sido dictada por la Audiencia de Madrid / EFE

La sentencia relata cómo arrancó la investigación: cuando una de las dos víctimas consiguió huir de sus captores y denunciar su caso una vez se aseguró de que su familia estaba a salvo. Relató cómo inició una relación sentimental con uno de sus clientes y cómo huyó con él, saliendo de la situación "ante el apoyo que éste le brindó".

 
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