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Pornografía

Condena por enlazar la web de la competencia a una página porno

Un centro de reconocimientos médicos de Pamplona abrió una web con el nombre de una empresa de la competencia enlazando directamente a una página porno

Fachada del Tribunal Supremo. / Tribunal Supremo

Fachada del Tribunal Supremo.

Madrid

El Tribunal Supremo ha condenado a una empresa de Pamplona por intentar perjudicar a la competencia creando un web a su nombre y enlazándola directamente a una página porno. La empresa condenada debe indemnizar a la empresa que intentó suplantar además de publicar un resumen de la sentencia en su página web.

La empresa afectada, el centro médico 'La Morea', tenía su propia web acabada en '.es' desde 2011, y cuatro años después descubrió que la misma dirección pero acabada en '.com' llevaba al usuario directamente a la página web 'PornHub'. La investigación destapó que detrás de ese segundo dominio falso estaba una empresa de la competencia: Centro Médico Pamplona.

El juzgado dio la razón a la empresa afectada, la Audiencia Provincial se la quitó y ahora ha sido la sala de lo civil del Supremo la que ha sentenciado en firme que ese enlace a una página porno vulneró su honor. "Mediante este artificio técnico, de indudable intencionalidad maliciosa, se conecta la actuación de la sociedad demandante, dedicada a prestar servicios médicos, con una actividad que merece una consideración social desfavorable como es la pornografía, con lo que se produce un desmerecimiento en la consideración empresarial, profesional y social" de la empresa y sus trabajadores.

El Supremo, con Francisco Marín Castán como ponente, reconoce que muy poca gente pinchó en el enlace "al no estar indexada por los motores de búsqueda" pero que eso "no excluye" la intromisión en el honor, inciendo eso sí en "la escasa cuantía de la indemnización solicitada" de 3.000 euros.

 
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