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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos da la razón a Mercadona en el caso de las cámaras ocultas

Estrasburgo establece que no se dañó la privacidad de las cajeras que fueron grabadas mientras robaban

Un supermercado Mercadona de Madrid. / GETTY

Un supermercado Mercadona de Madrid.

Madrid

La Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha anulado por unanimidad la obligación de España de indemnizar a las cinco empleadas de Mercadona despedidas por robar tras ser sorprendidas gracias a la colocación de cámaras ocultas y determina que su privacidad no ha sido dañada.

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La Gran Sala ha cambiado el criterio que adoptó el tribunal con sede en Estrasburgo en primera instancia y ha dado la razón a España en que no se ha violado el artículo del convenio europeo sobre derechos humanos, que regula el derecho al respecto de la vida privada y familiar.

Además, la corte de derecho europea sentencia que tampoco hubo vulneración del artículo 6 de este convenio sobre el derecho a un juicio justo, tal y como dijo el TEDH la primera vez que vio el caso, porque las grabaciones ocultas no han sido la única prueba de la que se han valido los tribunales españoles, pues contaron además con declaraciones de testigos que respaldaron que hubo robos.

Contra este fallo no cabe recurso por lo que España no tendrá que indemnizar a las cinco demandantes con 4.500 euros a cada una de ellas en concepto de daños y perjuicios y pagar los costes del procedimiento, como se estableció en la primera instancia.

Javier Álvarez

Javier Álvarez

Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en La Cadena SER donde esta vinculado a la sección de Justicia...

 
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