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Prisiones

Condenado un preso de Navalcarnero por arrancar la oreja de un mordisco a otro interno

Los dos se pelearon en los baños de la cárcel en marzo de 2017

El acusado "propinó un mordisco en la oreja izquierda que arrancó la casi totalidad del pabellón auricular" del otro interno

Getty Images

Madrid

La Audiencia Provincial de Madrid ha impuesto año y medio de prisión a un interno de la cárcel de Navalcarnero que en marzo de 2017 arrancó casi toda la oreja de un mordisco a otro preso durante una pelea en los baños del centro penitenciario. El condenado también tendrá que indemnizar al otro interno con un total de 11.581 euros como indemnización.

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Según la sentencia dictada por la sección tercera, los dos implicados cumplían condena en la cárcel de Madrid-IV Navalcarnero y empezaron a pelearse en el patio de la cárcel “por la mesa en la que se sentaba” uno de ellos o “por el pago de unas bebidas”. El forcejeo y los empujones se trasladaron a los baños del módulo siete – donde no hay cámaras de seguridad – y allí el acusado “propinó un mordisco en la oreja izquierda que le arrancó la casi totalidad del pabellón auricular”.

Un mordisco que ahora se traduce en una condena de un año y medio de prisión por un delito de lesiones, al pago de las costas y también a entregar una indemnización total de 11.581 euros al agredido por las lesiones y secuelas.

Críticas a la cárcel

Las dos magistradas y el magistrado condenan al preso que arrancó la oreja al otro interno al valorar tanto el testimonio de la víctima como el de un funcionario de la prisión que declaró en el juicio, pero lanzan un dardo al centro penitenciario de Navalcarnero por tardar casi un mes en comunicar los hechos a un juzgado para que se abriese una investigación.

Entrada de la prisión de Navalcarnero

Entrada de la prisión de Navalcarnero / SER Madrid Oeste

Entrada de la prisión de Navalcarnero

Entrada de la prisión de Navalcarnero / SER Madrid Oeste

“El Tribunal considera necesario advertir que no parece lógico que, ocurridos los hechos un 31 de marzo, se demore hasta el 25 de abril su comunicación al juzgado, casi a instancia de los implicados”, dice la sentencia. Los jueces alertan del hecho de que los dos implicados son extranjeros “con el consiguiente riesgo de su expulsión del territorio nacional”, considerando recomendable que “se hubiese preconstituido la prueba” y tomado fotografías del agredido.

 
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