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La Audiencia Nacional absuelve a un tuitero acusado de enaltecer el terrorismo: "Anhelar no es incitar"

La sala de apelaciones corrige a una sección de lo penal y anula la condena de un año de cárcel

Fue condenado en primera instancia por tuitear cosas como "arriba GRAPO, Al-Qaeda y ETA :D"

Getty Images

Madrid

La sala de apelaciones de la Audiencia Nacional ha decidido corregir a una de las secciones de lo penal y ha absuelto a un joven condenado a un año de cárcel por tuitear cosas como "arriba GRAPO, Al-Qaeda y ETA" o "que vuelvan ETA y la Gestapo". La sentencia le absuelve y llama a diferenciar entre mensajes "fruto de un acaloramiento irreflexivo" y el enaltecimiento del terrorismo.

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El caso de este joven fue revelado por la Cadena SER el pasado mes de octubre: la sección tercera de lo penal decidió imponerle un año de cárcel por escribir cuatro tuits como los descritos, afirmando por ejemplo que "alientan el retorno del GRAPO como vía para atentar" contra Mariano Rajoy. La sentencia se pronunciaba a favor de un hipotético indulto y contaba con un voto particular de Clara Bayarri que apostaba por la absolución.

Una sentencia que acaba de ser corregida por los tres magistrados de la sala de apelaciones, que apuestan por la absolución de este joven destacando que fueron cuatro tuits "separados entre sí", fruto de "un acaloramiento irreflexivo" y "contradictorios" por alabar tanto a ETA y GRAPO como a Al-Qaeda y a la policía secreta de la Alemania nazi. Los jueces también analizan las características del autor de los mensajes: sin vínculos terroristas, sin apenas seguidores, con 20 años y que por tanto "no ha vivido los gravísimos momentos históricos en que esas organizaciones criminales terroristas" actuaron.

Los magistrados Eloy Velasco, José Ramón Navarro y Enrique López valoran el perfil del autor de los tuits y también su contenido y alcance para concluir que no generaron ningún tipo de riesgo terrorista real o abstracto: "Sólo persigue un fin de polemizar, acaso de criticar de una manera llamativamente abrupta" las condenas a tuiteros "pero no de incitar al reducido círculo de seguidores a retomar los métodos violentos" de ETA o los GRAPO.

"Aplica la jurisprudencia de Estrasburgo"

La condena de un año de prisión impuesta por sus compañeros de la sección queda anulada ya que entienden que "sería desproporcionada una condena penal" al ser sus mensajes una "reacción en caliente" a las noticias sobre la condena impuesta a otra usuaria de Twitter. En declaraciones a la SER, el abogado del absuelto Eric Sanz de Bremond celebra la sentencia: "Es una sentencia que aplica perfectamente la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), que ha dicho que lo que se debe considerar es que el discurso incite a la violencia o sea un discurso de odio, y que hay que analizar el contexto".

Con decenas de personas condenadas por enaltecimiento del terrorismo en las redes sociales por comentarios similares, el abogado de Red Jurídica añade que "si este tipo de razonamientos hubieran llegado hace un año o dos, habría mucha gente que no estaría hoy condenada, ya iremos viendo cómo el propio TEDH va a ir resolviendo esos casos donde se condenó y si aplicamos su doctrina lo que procedería sería la absolución", explica.

 
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