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Cataluña

Cuatro consellers que no pueden pisar el Parlament de Cataluña

Ni Toni Comín ni Lluís Puig pueden entrar en nuestro país sin ser detenidos, y hasta la fecha el juez Llarena y la sala de apelaciones han negado a Jordi Turull y Josep Rull el poder salir de prisión aunque sea para la sesión de investidura

Josep Rull y Jordi Turull llegan al Supremo por la vista del procés / Europa Press - Archivo (Europa Press)

Madrid

Un comunicado ha despejado la gran incógnita de los últimos días en la política catalana: los designados y designadas por el presidente de la Generalitat de Catalunya, Quim Torra, para ocupar las carteras de su Govern. Una terna en la que figuran cuatro nombres que, a día de hoy, tienen imposible poner un pie en el Parlament: Antoni Comín, Lluís Puig, Jordi Turull y Josep Rull.

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Con los dos primeros escondiéndose del juez Pablo Llarena en Bélgica y los dos segundos en la cárcel de Estremera por orden del mismo magistrado, todos podrán hacer uso de su cargo en la medida en que sean capaces de comunicarse con Torra y tomar parte en las decisiones del Govern, pero no podrán participar en la actividad diaria del Parlament: en el mejor de los casos pueden delegar su voto y no pueden acudir ni a plenos ni a comisiones.

En el caso de los dos primeros, señalados por Torrent como consellers de Salud y Cultura respectivamente, se encuentran fugados en Bruselas desde principios de noviembre, cuando dieron plantón a la jueza Carmen Lamela junto con Carles Puigdemont y otros miembros del Govern destituido. Su libertad de movimientos es total en el país belga después de que la orden de detención de Llarena haya naufragado en formalismos procesales, pero serán detenidos en cuanto pongan un pie en nuestro país.

Toni Comín arriba al Palau de Justícia de Brussel·les

Toni Comín arriba al Palau de Justícia de Brussel·les / N. Segura

Comín y Puig, junto con el resto de fugados, fueron puestos en búsqueda y captura por primera vez el 3 de noviembre por parte de la jueza Carmen Lamela, decisión que ella misma confirmó diez días después. Llarena dio continuidad a esa orden el 5 de diciembre, especificándolo en una providencia de dos días después y nuevamente en su auto de procesamiento de 21 del mes de marzo. Ni Comín ni Puig pueden, por tanto, participar presencialmente en la vida política catalana ni acudir a los plenos ni a comisiones y su voto tendrá que ser delegado, según ha dicho hasta ahora el juez Llarena.

Destino: la cárcel

El proceso de extradición transcurre a la perfección para los intereses de Comín y Puig, pero el juez Llarena no tiene intención de retirar la orden de detención que pesa sobre ellos dentro de nuestras fronteras, por lo que su primer destino si regresan a España es la prisión provisional. La misma medida privativa de libertad que condiciona, aún más, las posibilidades políticas de Jordi Turull y Josep Rull, señalados como nuevos consellers de Presidencia y Territorio, respectivamente.

Tanto el juez Pablo Llarena como la sala de apelaciones del Tribunal Supremo se han pronunciado varias veces, en sentido negativo, sobre las posibilidades de los presos del procés para acudir al Parlament. Hasta la fecha tanto Oriol Junqueras como Jordi Sànchez como Jordi Turull se han encontrado con la negativa de los magistrados a poder abandonar las prisiones de Estremera y Soto del Real aunque sea sólo por un día para acudir a una votación o a una sesión de investidura.

Fuga y reiteración

Los argumentos que magistrado instructor y sala de apelaciones han ido esgrimiendo desde el principio de la causa para prohibir estas salidas puntuales de la causa han descansado siempre en dos motivos principales: el riesgo de reiteración delictiva y el riesgo de que una simple salida controlada de prisión pueda provocar revueltas en las calles por parte de los seguidores de los líderes independentistas encarcelados.

La primera decisión en este sentido llegó el pasado doce de enero, cuando Llarena negó a Junqueras, Sànchez y Forn el poder acudir a la sesión de constitución del Parlament. Varias negativas después llegó la del juez a Jordi Sànchez para poder ser investido president en abril, alegando que "su eventual mandato pueda orientarse hacia el quebranto de un orden constitucional por el que cualquier elector entiende que debe desarrollarse su representación democrática".

Quim Torra y Carles Puigdemont en una reunión mantenida en Berlín

Quim Torra y Carles Puigdemont en una reunión mantenida en Berlín / Omer Messinger

El miedo del juez, por tanto, siempre ha sido que dejar salir a uno de los imputados y ser investido derive en un nuevo empujón al procés independentista unilateral. Esta misma semana, los magistrados de la sala de apelaciones han negado la excarcelación de Jordi Turull y Josep Rull explicando, entre otras cosas, que "los derechos políticos de los recurrentes no tienen carácter absoluto" y que hasta la fecha "se han respetado los derechos políticos que son compatibles con la medida de prisión provisional, quedando restringidos temporalmente los que no lo son".

Inhabilitación en el horizonte

Ambas situaciones tienen pocos visos de cambiar en el corto plazo, pero están obviamente sujetas al criterio del juez Llarena, que tiene en su poder levantar las órdenes de detención que pesan sobre Comín y Puig o excarcelar a Turull y Rull. Pero otro peligro que acecha a los nuevos consellers del Govern de Quim Torra es la suspensión cautelar y temporal de sus funciones políticas.

El magistrado ha dejado caer su intención en sus autos en los últimos meses de instrucción: en base a la interpretación que hace del artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim) un procesado en firme por rebelión y en prisión provisional podrá quedar inhabilitado políticamente hasta que recaiga sentencia o deje de cumplir uno de esos requisitos. En el caso de Rull y Turull, están a la espera de que la sala de apelaciones del Supremo ratifique su procesamiento por rebelión, y en el caso de Comín y Puig sólo el primero está acusado de ese delito, y existe un debate abierto sobre si su situación de fuga puede equivaler a la exigencia del encarcelamiento.

 
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