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“¡Quemaros vivos, viejos asquerosos!”

La Audiencia Provincial de Mérida condena por un delito de daños por incendio a una mujer que en octubre de 2015 incendió un colchón en la puerta de la casa de su familia en la localidad extremeña de Villafranca de los Barros

La mujer prendió fuego al colchón de uno de los sillones del porche de la casa / Getty Images

Madrid

La Audiencia Provincial de Mérida ha condenado a dos años de prisión a una mujer que en octubre de 2015 intentó incendiar la casa de su familia, en Villafranca de los Barros, quemando un colchón en la puerta del domicilio al grito de “¡Quemaros vivos, viejos asquerosos!”. La sentencia explica que la mujer carece de antecedentes penales computables por lo que, en caso de devenir en firme, no tendrá que entrar en prisión de forma obligatoria.

La mujer, según explica la resolución, mantenía “malas relaciones” con sus padres y sus hermanas, habiendo protagonizado “enfrentamientos anteriores” y acumulando además antecedentes penales por lesiones y maltrato en el ámbito familiar, denuncia falsa y acoso a lo largo de la última década. Ese día, en octubre de 2015, se dirigió al domicilio paterno en la localidad extremeña de Villafranca de los Barros sin conseguir que sus familiares le abriesen la puerta de la casa.

Primero golpeó la puerta de la casa con “un objeto punzante” pero después se decantó, según la Justicia, por coger uno de los colchones que sus padres tenían en los balancines del porche de la casa, colocarlo contra la puerta y prenderle fuego con un mechero. “¡Quemaros vivos, viejos asquerosos!”, gritó según la sentencia antes de irse del lugar. Se cruzó con el novio de una de sus hermanas, que acudía a la casa alertado por las llamadas de auxilio de su pareja, y después además envió un mensaje a uno de sus sobrinos: “Ya estoy feliz porque los viejos ya conocen el infierno”.

Los jueces explican que sólo la rápida acción de una vecina, echando cubos de agua encima del colchón, evitó que el fuego se propagase al interior de la vivienda de dos plantas. Su defensa solicitó su absolución durante el juicio, aunque la acusada reconoció los hechos y pidió perdón durante el turno de última palabra al final del plenario.

Orden de alejamiento

Fuentes de su defensa afirman que recurrirán la condena ante el Tribunal Supremo: los jueces rechazaron que, tal y como solicitó su abogado, se tuviese en cuenta el trastorno depresivo que padece, estando bajo tratamiento médico. “Dudamos que unas malas relaciones familiares y el hecho de no ponerse al teléfono pueda desencadenar una circunstancia extraordinaria”, dicen los jueces sobre un eventual choque psíquico.

La defensa también alegó que la calificación jurídica del delito, daños por incendio, no era la correcta y que debía ser acusada sólo de daños, pero los jueces descartan de plano este motivo: “No es discutible la voluntad incendiaria ni tampoco la objetiva previsibilidad del riesgo generado, así como de la aceptación de éste”, dice la resolución.

La condena incluye dos años de cárcel además de la prohibición de acercarse a su familia durante otros tres más. La mujer tiene antecedentes penales, aunque no son computables a efectos de reincidencia, por lo que aún en caso de devenir en firme no tendrá que entrar de forma automática en prisión.

 
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