Tribunales | Actualidad

El Tribunal Supremo pregunta a Europa por la edad de sacrificio de un cerdo ibérico

El alto tribunal plantea una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea preguntando si los animales deben estar en recintos de menos de dos metros cuadrados y si pueden ser sacrificados con menos de diez meses

Carlos G. Cano

Madrid

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea tendrá que estudiar las condiciones de vida y de sacrificio de los cerdos de debo en España. El Tribunal Supremo ha decidido elevar una cuestión prejudicial, a instancias de una asociación, para saber si los animales de más de 110 kilos pueden estar en recintos de menos de dos metros cuadrados y también si pueden ser sacrificados antes de cumplir los diez meses de vida.

El Tribunal entiende que los argumentos de la Asociación Nacional de Productores de Ganado Porcino (ANPROGAPOR) ponen encima de la mesa una posible desigualdad de los productores españoles de ibérico con respecto a los de otros países a raíz del Real Decreto 4/2014 que regulaba la norma de calidad para carne, jamón, paleta y caña de lomo ibérico. Concretamente, preguntan por el encaje que la obligación de tener a los animales de más de 110 kilos en recintos de dos metros cuadrados y a no poder sacrificarles hasta que cumplan los diez meses casan con la doctrina europea.

La magistrada acoge los argumentos de la asociación y explica que el resultado de aplicar la normativa es "que el producto de cerdo ibérico elaborado en España se ve sometido a unos costes de producción superiores que los exigibles para la elaboración" y su posterior venta en el extranjero. La asociación explica, por ejemplo, que tendrían que dedicar el doble de espacio a cada animal, y también que su edad óptima para el sacrificio llega antes de los diez meses.

Todo esto, dice el escrito, "perjudicaría a los productores españoles para su labor de exportación al resto de la Unión Europea", preguntando también si el objetivo de mejorar la calidad del producto puede suponer una excepción que justifique la restricción de la importación o la exportación.

La cuestión prejudicial al TJUE se eleva con el visto bueno de la Fiscalía  y el criterio en contra de la Abogacía del Estado. El pasado mes de julio, el mismo Tribunal Supremo blindó el uso de la denominación "pata negra" al cumplimiento de este Decreto por el que ahora pregunta a Europa.

 
  • Cadena SER

  •  
Programación
Cadena SER

Hoy por Hoy

Àngels Barceló

Comparte

Compartir desde el minuto: 00:00