Tribunales
Francisco Nicolás Goméz Iglesias

El 'pequeño Nicolás', condenado por un delito de calumnias contra el CNI

Francisco Nicolás tendrá que pagar una multa de 4.320 euros por decir que el CNI lo espió

El 'pequeño Nicolás', condenado por un delito de calumnias contra el CNI

Francisco Nicolás Gómez Iglesias, conocido como el 'pequeño Nicolás', hace declaraciones a los medios de comunicación en diciembre de 2014. / Foto: Fernando Alvarazo (EFE) | Vídeo: EP

Madrid

El Tribunal considera que el pequeño Nicolás actuó de mala fe. Francisco Nicolás Gómez Iglesias ha sido finalmente condenado por un delito de calumnias con publicidad, es decir haberlo hecho en medios de comunicación, contra el Centro Nacional de Inteligencia (CNI) que es quien mantiene el litigio contra el joven. El Juzgado de lo Penal número 25 le condena por haber publicitado en los medios que el CNI le espió.

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Las declaraciones por las que se le juzga fueron publicadas en el diario El Mundo los días 22 y 23 de noviembre de 2014. Francisco Nicolás aseguraba que "le avisaron de que su teléfono no era seguro y de que se lo habían pinchado ilegalmente durante dos meses". Después, concluía el joven , me arrestaron. En el mismo diario aseguraba "que el CNI pincha teléfonos de forma ilegal, cuando entienden que alguien representa un problema para personalidades del Estado". Entre ellos a usted, remataba el joven refiriéndose al periodista Eduardo Inda.

En otro programa de televisión de la cadena Telecinco, Un tiempo nuevo, Francisco Nicolás Gómez Iglesias advertía de que iba a denunciar al entonces comisario de Asuntos Internos, Marcelino Martín Blas, intructor además de su detención, y a unos agentes del CNI porque le habían estado escuchando ilegalmente en una investigación que era ilegal. En esa misma entrevista revelaba el que el conocido comisario Villarejo tenía una grabación no manipulada en la que agentes de la Policía Nacional y del CNI señalaban que le tenían pinchado el teléfono sin autorización judicial.

Ahora lo que dice el tribunal es que debe descartarse "la creencia de buena fe del acusado en que las imputaciones que realizó sobre el CNI eran ciertas", es decir, que no actuó con buena fe y que además no se molestó en probar las acusaciones que hacía contra las presuntas grabaciones ilegales del Centro Nacional de Inteligencia porque nunca las ha podido probar. "Para absolver en el delito de calumnias contra un funcionario público es necesario acreditar la realidad de las imputaciones efectuadas por el acusado y no ha podido ser probado por la defensa, o demostrar al menos que cuando las realizó estaba en la creencia de expresar la verdad en última instancia".

El juzgado de lo Penal número 25 ha denegado la declaración testifical del quien en ese momento era director adjunto operativo de la Policía Nacional, Eugenio Pino porque no fue propuesto y porque la juez considera irrelevante su relato para los hechos que se han juzgado. Eugenio Pino demandó la designación de otros investigadores para la comisión judicial al considerar que el ex comisario de Asuntos Internos, Marcelino Martín Blas, no estaba autorizado para reunirse con miembros del CNI por "incompetencia objetiva".

Francisco Nicolás tendrá que pagar una multa de 4.320 euros por decir que el CNI lo espió. Es una multa de 12 meses a razón de 12 euros diarios. Además se le obliga a pagar las costas procesales que incluyen las de la acusación particular que es el CNI. La defensa jurídica del condenado ya ha anunciado de que recurrirá la sentencia.

Ana Terradillos

Ana Terradillos

Licenciada en Periodismo por la Universidad de Navarra (1991-1996) y en Ciencias Políticas por la UNED...

 
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