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El Supremo certifica la prohibición de entrada de cámaras de televisión a los órganos judiciales catalanes

El Colegio de Periodistas de Cataluña había presentado un recurso por la negativa del Tribunal Superior de Justicia de esa comunidad a permitir la entrada de reporteros a las sedes

El TS considera que limitar el acceso de cámaras de televisión a los tribunales no conculca el derecho a la información / GETTY IMAGES

El TS considera que limitar el acceso de cámaras de televisión a los tribunales no conculca el derecho a la información

Madrid

El Pleno de la sala tercera del TS ha rechazado por unanimidad, el recurso que presentó el Colegio de Periodistas de Cataluña contra el Acuerdo de la Sala de Gobierno del TSJ de Cataluña de 14 de enero de 2014 que reguló el acceso de los medios a las dependencias de los órganos judiciales. No hay afectación en el derecho a la información, según el Alto Tribunal.

En aquel acuerdo, la Sala de Gobierno del TSJ de Cataluña prohibió el acceso de las cámaras de televisión en los pasillos de las sedes judiciales.

El TS considera que esas limitaciones no conculcan el derecho a la información, como argumentaban los recurrentes. Pero no habrá reporteros en los juzgados catalanes

La sentencia, que se conocerá en los próximos días, va a recoger las resoluciones sobre la materia del propio Tribunal Supremo junto a las sentencias ya publicadas del Tribunal Constitucional.

 
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