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El Supremo amplía la lucha contra las especies animales invasoras

El Alto Tribunal suma al catálogo español de Especies Exóticas Invasoras la carpa común y la trucha arco iris. Anula también la comercialización del cangrejo rojo y la cría del visón americano

La carpa común es una de las especies que entran dentro del catálogo de especies protegidas / GETTY IMAGES

La carpa común es una de las especies que entran dentro del catálogo de especies protegidas

Madrid

Mal futuro para los animales y plantas no autóctonas que provocan gravísimos daños en los ecosistemas de la Península Ibérica. El Tribunal Supremo ha aceptado de manera parcial un recurso de Ecologistas en Acción que solicitaba la inclusión de más especies invasoras que las que contempla el actual catálogo y la Ley del Patrimonio Natural y la Biodiversidad.

La sentencia anula la exclusión del catálogo y, por tanto, ordena su inclusión de la carpa común, la trucha arco iris, el alga comestible wakame, la pataca o tupinambo y el hongo quitridio.

La decisión se basa en informes científicos del CSIC y otros expertos que prueban el carácter invasor y la amenaza grave que suponen sobre las especies autóctonas, el medio ambiente y los habitats y ecosistemas.

Algunas de estas especies ya estaban incluidas en el listado de las 100 especies exóticas invasoras más dañinas del mundo, según la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza.

De la misma manera, se anula la autorización de explotaciones de cría de visón americano y la comercialización del cangrejo rojo, al que califica como especie invasora con acreditada constatación científica sobre su carácter dañino. No hace falta más que comprobar in situ como no quedan casi ríos en los que vivía el cangrejo peninsular. Su primo americano ha arrasado el hábitat natural de este crustáceo de agua dulce.

En su fallo, los magistrados señalan que “está en la naturaleza de las cosas que la caza y la pesca, lejos de servir a los fines de erradicación de las especies catalogadas, más bien determinan su mantenimiento indefinido, cuando no la agravación, del status quo actual, dificultando -si no haciendo imposible- su erradicación, que es un objetivo inequívoco de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad”.

Alfonso Ojea

Alfonso Ojea

Licenciado en CC Información por la Universidad Complutense. Responsable de la sección de Tribunales...

 
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