Pixela que algo queda
La revista “Lecturas” tendrá que abonar 21.000 a la presentadora de televisión Silvia Jato porque una fotografía de sus hijos pequeños no fue modificada para evitar ser reconocidos
Comunidad de Madrid
El 25 de Enero de 2012 esa revista publica una serie de fotografías que recogen, según las sentencia del Tribunal Supremo, una escena de la vida privada que era la llegada de los hijos de Silvia Jato al colegio. Los niños son menores de edad. El “pixelado” de la cara de los pequeños permitía el reconocimiento perfecto de los pequeños.
Por eso la presentadora inició una demanda contra esa publicación por intromisión en el derecho a la intimidad familiar y personal y también por afectación al derecho a la propia imagen. El reportaje de “Lecturas” se centraba en la separación de la pareja, padres de los niños.
Los abogados de la revista “Lecturas “presentaron recurso de casación ante el Supremo alegando el derecho constitucional a la libertad de información y expresión a la hora de publicar esas instantáneas.
El Supremo señala ahora que “los hijos aparecen en un reportaje de la revista titulado Silvia Jato se separa tras trece años de casada de frente y con el rostro sin velar, ya que únicamente se pixelaron los ojos, por lo que eran fácilmente reconocibles”.
El Alto Tribunal entiende que la protección de los menores es vital en nuestro ordenamiento y recuerda a la revista “Lecturas” que la ley Orgánica de Protección Jurídica de Menor fija que se “considera intromisión ilegítima en el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen del menor, cualquier utilización de su imagen o su nombre en los medios de comunicación que pueda implicar menoscabo de su honra o reputación, o que sea contraria a sus intereses incluso si consta el consentimiento del menor o de sus representantes legales”.
La Sala de Lo Civil concluye con un argumento demoledor:” El interés social propiciado por la madre de los hijos, debido a su actividad como presentadora de televisión, o el interés informativo, propio de la crónica social, son cuestiones que carecen de trascendencia para considerar la publicación no consentida de la fotografía de los menores como un atentado a su derecho a la propia imagen”.