El Supremo anula cinco condenas a miembros de Segi y reduce otras dos
El Alto Tribunal publica una sentencia que tritura el fallo condenatorio de la Audiencia Nacional
Madrid
La Audiencia Nacional ya juzgó entre 2014 y 2015 a 28 miembros de Segi, organización ilegalizada por ser un satélite de ETA. La Fiscalía retiró, en diciembre de 2014, la acusación contra 12 de ellos y finalmente, solo siete personas fueron condenadas. Y son esas siete las que han presentado recurso de casación ante el Supremo.
Ahora, en un fallo que supone todo un varapalo a la jurisdicción de Lo Penal de la Audiencia Nacional, el alto tribunal recuerda que para apreciar el delito de pertenencia a una organización terrorista, como es Segi, su jurisprudencia exige una militancia activa y no solamente la mera adscripción. Y por jurisprudencia en este caso que no falte porque es mucha y documentada.
En lo que se refiere a los acusados absueltos, El Supremo revisó los recursos de los reos el pasado 4 de noviembre y en la vista el fiscal asumió que la sala rebajara las condenas a seis años de cárcel por integración en la banda terrorista ETA que la Audiencia Nacional les había impuesto.

Alfonso Ojea
Licenciado en CC Información por la Universidad Complutense. Responsable de la sección de Tribunales...