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Cinco claves que ponen en duda la rentabilidad del autoconsumo eléctrico

El sector renovable afirma que el Gobierno no está impulsando esta modalidad

Paneles solares instalados en una casa. / GETTY IMAGES

Paneles solares instalados en una casa.

Madrid

El autoconsumo eléctrico ya tiene regulación. Después de más de dos años en la cocina, el BOE publicaba el 10 de octubre la norma que lo regula. El ministro de Industria, José Manuel Soria, decía la víspera que su objetivo es "impulsar" ese modelo de producción y consumo energético: "El Real Decreto lo que busca es impulsar en primer lugar la generación distribuida, por tanto acercar la generación al punto en el que se consume. Y en segundo lugar es también un nuevo impulso a la utilización de las energías renovables".

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La Cadena SER ha analizado los aspectos clave para poder evaluar si resulta rentable a un particular o a una pyme acogerse a alguna fórmula de autoconsumo:

  • ¿Hay que pagar 'impuesto al sol'?

El decreto exime a los usuarios domésticos -que monten paneles solares, por ejemplo, y sigan conectados a la red- de pagar el conocido como 'impuesto al sol'. Un pago al sistema eléctrico por cada kwh autogenerado y autoconsumido. Pero es una exención transitoria, que puede cambiar.

  • ¿Se puede vender la energía sobrante a la red?

En teoría, sí; y podría contribuir a amortizar antes la instalación. Pero tendríamos que darnos de alta para vender esa energía en el mercado mayorista o contratar a un intermediario para una gestión muy compleja y con riesgos (cada día hay que hacer una estimación de la energía que se verterá al día siguiente, con penalizaciones si se incumple). Si pensamos que el ingreso potencial no compensa las trabas -como parece- sólo nos queda regalar esa energía a la red o dejar que se pierda.

  • "el gobierno no impulsa el autoconsumo"
  • ¿Se puede guardar la energía sobrante para usarla en otro momento?

. Y eso permitiría reducir la potencia contratada a la red eléctrica. Cada kw contratado a la red nos sale por unos 38 euros al año antes de impuestos. Si ese kw lo aporta la batería, el canon es de 9 euros al año (8,989169 euros establece el decreto) también antes de impuestos. Ahorramos algo más de 30 euros anuales por kw de potencia que sustituyamos con baterías. Pero una batería Tesla, por ejemplo cuesta unos 3.000 euros, según datos del sector, que eleva a unos 5.000 euros el coste total de la instalación. Llevaría tiempo amortizarla.

  • ¿Pueden compartir paneles distintas viviendas?

No. El artículo 4 del decreto establece en su punto 3 que "en ningún caso un generador -un panel solar, por ejemplo- se podrá conectar a la red interior de varios consumidores". Si un vecino quiere instalar un panel en el tejado del edificio tiene que autorizarlo la comunidad de propietarios, y puede haber resistencias. Si todos los vecinos quieren instalar sus propios paneles resultará difícil ponerse de acuerdo para el reparto del espacio.

  • ¿Es complicado el trámite para darse de alta?

Mucho. La Fundación Renovables ha hecho recuento de los trámites que incorpora la norma, en el propio decreto, o remitiendo a legislación anterior: memoria técnica de diseño, permiso y estudio de conexión, línea y automático específicos, contador adicional, boletín del instalador, pago de derechos de acometida y enganche, solicitud de conexión e inscripción en el registro de autoconsumidores. Además del tiempo y gestiones necesarias, esa Fundación calcula más de 1.000 euros de coste. Y si no tenemos todos los papeles en regla nos exponemos a multas muy cuantiosas. De 6 a 60 millones de euros.

Todo esto para los consumidores domésticos, ¿y para las pymes? Para las muy pequeñas, con menos de 10 kw de potencia contratada, la situación y las trabas son muy similares. Las que tienen más de 10 kw de potencia no cuentan con esa exención transitoria del 'impuesto al sol'. Desde el primer momento tendrían que pagar un canon por cada kw hora autogenerado y autoconsumido.

 
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