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TARJETAS OPACAS

La Audiencia vuelve a imputar a Spottorno y otros 11 directivos de los plásticos fraudulentos

La Sección Tercera de la Audiencia Nacional estima un recurso de UPyD y revoca el archivo de la causa contra el exjefe de la Casa Real y otros 11 imputados por el uso de las tarjetas opacas de Caja Madrid. Los magistrados consideran "precipitado" el sobreseimiento que decretó el juez Andreu porque lo actuado hasta el momento "no permite excluir" que participaran en los hechos

Así eran las tarjetas que utilizaban los directivos de Caja Madrid / CADENA SER

Así eran las tarjetas que utilizaban los directivos de Caja Madrid

Madrid

El exjefe de la Casa Real, Rafael Spottorno; el exdirector general de Negocio de Caja Madrid y de Participadas en Bankia, Matías Amat; el exsecretario de la entidad madrileña en tiempos de Blesa que repartía las tarjetas, Enrique de la Torre; y otros 9 exdirectivos que usaron las tarjetas opacas vuelven a estar imputados por un delito de apropiación indebida. Por unanimidad, tres magistrados de la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, han decidido revocar el sobreseimiento provisional de las actuaciones contra ellos que decretó el juez Fernando Andreu, aunque el magistrado les mantenía como partícipes a título lucrativo.

La Sala estima un recurso de UPyD y considera que las diligencias practicadas hasta ahora "no permiten excluir la participación de los acusados en los hechos objeto de investigación". Por ello, creen que el juez se ha "precipitado" al ordenar el archivo de las actuaciones.

Los directivos para los que Andreu dictó el auto de sobreseimiento son, además de los tres citados, Ricardo Morado, Ramón Ferraz, Mariano Pérez Clavel, Juan Manuel Astorqui, Carlos María Martínez, Carlos Vela, Carmen Contreras, Ramón Martínez y Luis Gabarda.

Andreu entendió que no habían cometido un delito de apropiación indebida, aunque debían devolver el dinero, porque el importe gastado con su tarjeta formaría parte de su retribución fija y habitual.

No obstante, los jueces enumeran en su auto todos los hechos que les llevan a excluir, "al menos en este momento", que el uso por parte de los directivos de las tarjetas "a las que se contrae la presente investigación formara parte de su retribución".

Entre ellos, que los plásticos carecían de soporte o justificación contractual, que no se practicaba la oportuna retención de Hacienda, o que las cantidades obtenidas por este medio no eran declaradas por los perceptores. 

Por tanto, de momento no puede excluirse que no cometieran un delito de apropiación indebida, revocan la decisión del juez Andreu y vuelven a imputar  a Spottorno y los otros 11 exdirectivos que gastaron con sus tarjetas casi 3 millones y medio de euros.

 
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