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Caso Plazola

Los magistrados del Supremo, divididos por la acumulación de condenas a etarras

Las sentencias sobre Plazaola y Santi Potros muestran posiciones jurídicas casi irreconciliables sobre la forma de aplicar el cómputo de años de cárcel cumplidos en prisiones extranjeras

Fotografía del Tribunal Supremo. / EFE

Fotografía del Tribunal Supremo.

Madrid

El Tribunal Supremo, en estas sentencias conocidas hace pocas horas, señala que no es necesario preguntar al Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre la acumulación de penas a etarras, acumulación que reduciría en muchos casos la condena.

La polémica continua, por tanto, por la aplicación de la denominada “Decisión Marco”, un acuerdo de los países de la UE que prevé esa acumulación y del que es signatario el Reino de España. El gobierno central aprobó en diciembre pasado una ley específica sobre este asunto que ahora sigue en cuestión.

El voto particular del magistrado Joaquín Giménez apunta en esa dirección. Este juez considera que es necesario preguntar a Europa sobre la norma española que aplica ese acuerdo europeo.

A su juicio, se ha reducido en esta ley el derecho del reo a tener una legislación más favorable y no reduccionista y por tanto sería necesario conocer el punto de vista de las instituciones europeas. Es lo que se conoce como “cuestión de pre-judicialidad”.

El debate no va a terminar aquí. La Audiencia Nacional tiene previsto reunirse para tratar esta cuestión y decidir si plantean sus dudas a la Unión Europea.

 
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