El juez Castro sienta en el banquillo a la infanta por dos delitos fiscales
Cristina de Borbón estará acompañada por su marido, Iñaki Urdangarin, el matrimonio Torres - Tejeiro y el expresident Jaume Matas. José Castro señala que el auto de apertura de juicio oral no es recurrible
Palma de Mallorca
El juez, José Castro, ha hecho público el auto de apertura de juicio oral por el caso Noos, después de casi cuatro años investigando el desvío de buena parte de los casi seis millones de euros de dinero público que recibió esta entidad sin ánimo de lucro de los gobiernos de Baleares y Valencia y de la candidatura de Madrid 2016. Castro sienta en el banquillo a 17 personas. Entre ellas a la infanta Cristina acusada de dos delitos fiscales en grado de cooperación necesaria, a pesar de la doctrina Botin. Junto a ella estarán los presuntos cabecillas de la trama. Iñaki Urdangarin y Diego Torres. La mujer de este último, Ana María Tejeiro, y el expresidente de Baleares, Jaume Matas.
El juez reclama multas en concepto de responsabilidad civil de más de 60 millones de euros para los procesados. 2,6 millones de euros a Cristina de Borbón, 15 millones de euros para su marido, Iñaki Urdangarin, y para el matrimonio Diego Torres - Ana María Tejeiro. Castro libra del banquillo a tres personas que había señalado la Audiencia de Palma. El vicealcalde de Valencia, Alfonso Grau, y los que fueran responsables de la candidatura de Madrid 2016 Gerardo Corral y Miguel de la Villa Polo.
Argumentos contra la infanta
El auto de apertura de juicio oral responde a las denuncias del fiscal Pedro Horrach, sobre la vulneración de la presunción de inocencia de la hermana del rey. Dice Castro que "se ha aireado a los cuatro vientos que ese derecho no existe en España" pero a renglón seguido explica que la clave es que ese derecho fundamental "no estriba en cerrar los ojos ante las sospechas que puedan darse sobre la comisión de un delito, sino continuar la investigación hasta que aquellas se desvanezcan o se tornen en indicios racionales". Añade que con está imputada "se ha sido incluso aun mas garante que con el resto y cualquier censura debería de venir por ese lado". Y no deja escapar la oportunidad para responder a las pretendidas "distorsiones" que se han producido respecto de la infanta por ser quien es y que también ha denunciado el fiscal. Subraya que "rechaza enérgicamente que ninguno de los órganos judiciales que han tomado decisiones en esta causa haya podido incurrir en semejante distorsión".
El juez señala que "ninguna imputación ha sido tan profusamente fundamentada como la de la infanta, otra cosa, señala, es que lo haya sido a gusto de todos". Castro recalca que el fiscal sabe que convocar a una persona y prestar declaración en calidad de imputada, "se solventa con una muy escasa literatura, abismalmente distante, afirma, de la que se ha empleado en este caso". Su citación, recalca Castro, "no fue fruto de ningún enfermizo empecinamiento por su parte", y cree el juez que no estaría tan mal argumentada cuando la Fiscalía y la defensa de la infanta no la recurrieron y presentaron su declaración en calidad de imputada como "voluntaria".
Doctrina Botín
El juez entra por la puerta que le dejó entreabierta la Audiencia de Palma para sortear la doctrina Botín. Considera que Iñaki Urdangarin se sienta en el banquillo como autor de dos delitos fiscales por lo que no habría ningún impedimento para que también lo hiciera su mujer como cooperadora necesaria de la comisión de esos delitos.
Castro explica que "en el caso Botín formalmente no existía perjudicado porque la abogacia del estado solicitó el archivo al entender que no habia delito". Sin embargo, dice que en el caso actual, la abogacía del Estado ejerce la accion penal y pide la apertura de juicio oral contra Iñaki Urdangarin por dos delitos fiscales, "un planteamiento similar al de la Fiscalía.
Y a partir de este razonamiento desgrana las crírticas contra el fiscal Pedro Horrach y la Abogacía del Estado, de quienes dice, se presentan como "los exclusivos paladines" de la defensa del interés social y particular. Dice el juez que el abogado del Estado "se atribuye la cualidad de perjudicado pero elije penalmente y a su capricho a las personas que tendrán que repsonder con el delito fiscal, excluyendo inexplicablemente a otras que tanto el juez instructor como la Audiencia de Palma han estimado que son indiciariamente cooperadoras necesarias". Es decir, excluyendo expresamente a la infanta Cristina.